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ABC MADRID 19-05-1972 página 135
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ABC MADRID 19-05-1972 página 135

  • EdiciónABC, MADRID
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una Europa supranacional de estructura federal; y entre tanto, al equilibrio de poderes establecido en el Tratado de Roma, especialmente entre la Comisión y el Consejo de Ministros. La proyectada Confederación sólo tiene sentido, a la luz de la experiencia histórica, cerno primer paso hacia una federación. La unidad europea tiene como precio político la puesta en común de las soberanías de los Estados miembros. La alternativa de la unidad es la satelización, la cual, por otra parte, resulta más peligrosa para la unidad nacional, que en la federación dispone de medios institucionales de salvaguardia. Hizo, finalmente, referencia a los condicionamientos no sólo económicos, sino también políticos, de la adhesión: éstos existen siempre, pero son de mayor entidad cuando se dan divergencias institucionales y de principios que requieran un adecuado desarrollo político, lo cual afecta de hecho, entre otros Estados de la Europa mediterránea, a España. En cuanto a la Comunidad Europea ampliada, el que sus virtualidades se conviertan en realidad efectiva depende, en última instancia, de la voluntad política que la informe y de la operatividad de sus órganos actuales y futuros. DISCURSO DEL SEÑOR YANGUAS Contestó el nuevo académico, en nombre de la Corporación, el académico presidente, señor Yanguas Messía. Después de trazar una semblanza del señor Truyol, comento con elogio el discurso que acababa de pronunciar y subrayó el interés que esta Real Academia viene prestando hace añes, en sus sesiones públicas y privadas, al tema de la integración europea. Fara España, la pertenencia de pleno derecho a la Comunidad Económica Europea se hace cada vez más indispensable, porque sólo así se participa en las deliberaciones y acuerdos comunitarios y en los beneficios de la incipiente unión aduanera del Mercado Común. Las concesiones marginales a terceres Estados como España sen cada día más difíciles de lograr, sobre todo en la exportación agraria, tan esencial a nuestro comercio exterior, y no pueden traspasar les límites previamente fijados por la Comunidad en el mandato a sus negociadores ni suprimen las fronteras fiscales, que desaparecen, en cambio, entre los Estados miembros. Al factor económico ha de añadirse el factor social. Sabido es que, dentro del Mercado Común, rige el sistema de libre circulación de trabajadores, de mercancías y de capitales, lo que da preferencia a los trabajadores de los Estados miembros y coloca en situación precaria, difícil de mantener, a los trabajadores de paisas como España, que no pertenecen a la Comunidad. El factor decisivo, si se quiere entrar- -dice el señor Yanguas- es el político y jurídico. Basta para elle una lectura del Tratado de Roma. El respeto a la jurisdicción de cada Estado no excluye la fijación, claramente definida ya, de lo que bien pudiera llamarse mínimo de equivalencia o común denominador extensivo a todos y que forzosamente condiciona el ingreso en la Comunidad. Sin desconocer los problemas que esta operación entraña, son mucho más graves los que se seguirían de quedar fuera. Agrade o no, nos hallamos no frente a una opción, sino frente a una necesidad ineluctable. Contamos con poderosos valedores dentro del Mercado Común propicios a ayudarnos. Mas para hacer factibles esos buenos oficios de las potencias amigas es indispensable la cooperación de España; se requiere que nos coS loquemos en situación jurídica de poder I ser admitidos como miembros de pleno de rechc, conforme a las reglas y principios- i de la Comunidad. El emotivo abrazo del señor Yanguas Wlessía al nuevo miembro de la Academia, subraya la cordialidad y continuidad de la institución a la que ambos pertenecen. é

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