ABC MADRID 01-10-1969 página 59
- EdiciónABC, MADRID
- Página59
- Fecha de publicación01/10/1969
- ID0000905355
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ABC. MIÉRCOLES 1 DE OCTUBRE DE 13 S 9. EDICIÓN DE LA MAÑANA. PAG. 59 EL MERCADO COMÚN- ESTUDIA U S RE- MERCADO I3 E DIVISAS 30 de se tilemke PERCUSIONES COMUNITARIAS DE LA Cci de 1969 REVALUACION DEL MARCO J 1 J DIVISAS C AM 3IO S I Comprad Vended oí Una de ellas se estima que puede afectar al sistema de precios agrícolas LA REPÚBLICA FEDERAL SE AMPARARA EN EL ARTÍCULO 226 DEL TRATADO DE ROMA PARA JUSTIFICAR LA LIBERACIÓN DE XA DIVISA ALEMANA EL IRSE A SE Bruselas 30. En círculos allegados a la Delegación alemana en el Mercado Común se estima que la duración probable del régimen de cambio flotante para el marco será de tres semanas, aunque dicho plazo podría reducirse, a dos semanas si antes se formase un nuevo Gobierno. -Comtelsa. i i i i i 100 100 1 1 1 1 1 100 100 1 dólar O S A dólar Canadá franco francés libra esterlina franco suizo francos belgas liras italianas florin holandés corona sueca corona danesa corona noruega marco finlandés scníllines austr escudos oortug dirham marroa 69,894 64.634 12,534 166,011 16,203 138,708 11,072 13,291 13,481 9,261 9,749 16,566 269,557 244,818 13,767 69,904 64,828 12,571 166,510 16,251 189,125 11,105 19,349 13,521 9,288 9,778 16,615 270,368 245,554 13.809 Bruselas 30. La decisión del Gobierno alemán de liberar la paridad del marco con relación al dólar ha dado lugar a gran actividad en el Mercado Común en Bruselas, donde se estima que esta decisión afecta al sistema de precios agrícolas comunes. A petición directa de Jean Rey, presidente de las Comunidades Europeas, ha llegado a primeras horas de la tarde a Bruselas una Delegación de expertos alemanes enviados por su Gobierno para que expliquen ante la Comisión Europea y el Consejo de representantes permanentes del Mercado Común, reunidos de urgencia, las medidas tomadas en Bonn con relación a su divisa. Según fuentes oficiales alemanas en esta ciudad, la República Federal se amparará en el artículo 226 del Tratado de Roma para justificar las medidas de liberación de la paridad del marco. El artículo en cuestión afirma que, en el curso del período transitorio (en el que aún se encuentra el Mercado Común hasta primeros de 1970) y en caso de dificultades graves y susceptibles de persistir en un sector de la actividad económica, asi como de dificultades que puedan traducirse en una alteración grave de una situación económica regional, un Estado miembro puede pedir ser autorizado a adoptar medidas de salvaguardia que permitan reequilibrar la situación y adaptar al secto. interesado a la economía del Mercado Común MEDIDAS TRANSITORIAS Alemania se amparará en este artículo defendiendo la tesis de que su Gobierno no ha decretado la revaluación del marco, aunque algunos efectos sean parecidos a la revaluación, ya que se espera un alza del marco en las cotizaciones internacionales con otras divisas. El nuevo Gobierno adoptará ya decisiones más definitivas. Mientras tanto, los alemanes esperan que la fiebre especulativa que se cierne sobre el marco haya remitido. Esta diferencia del 5 por 100 de plusvalía del marco no es susceptible, según dicen los alemanes, de afectar seriamente al sistema de precios agrícolas comunes. Pero para que haya más seguridades, Alemania se propone, durante el tiempo de vigor de estas medidas transitorias, instaurar una tasa del 5,5 por 100 para sus importaciones, con el fin de prevenir desviaciones de tráfico. EL CONSEJO PUEDE ACEPTAR LAS MEDIDAS Así. y al menos durante la vigencia de las S; adoptadas ayer. se aseguraría el funcionamiento del sistema de precios agrícolas comunes basado en la ficción de la unidad de cuenta europea que, a su vez, se basa en las paridades antiguas entre las seis monedas de cada uno de los miembros del Mercado Común. Se espera que la Comisión y el Consejo de representantes permanentes del Mercado Común acepten estas medidas, entre. otras cosas, porque no se ve cuáles pueden proponer de recambio dada la situación. En cuanto a la convocatoria urgente del Consejo de Ministros del Mercado Común, que según las reglas del Tratado de Roma debe producirse a lo máximo cuarenta y ocho horas después de adoptadas las medidas, los alemanes no creen que sea necesario, ya que el procedimiento adoptado por ellos. el del artículo 226, sólo exige la autorización de la Comisión. Sin embargo, no se puede excluir esta convocatoria, ya que algunos compañeros de Alemania podrían estimar que las medidas tomadas aconsejan dicha reunión del Consejo. -Efe. tal que se importa de éstos- tanto si proceden de los cinco países compañeros de Alemania en la C. E. E. como si son de terceros países. Esta tasa especial tiene por objeto proteger a los agricultores alemanes contra lacompetencia de los productos extranjeros, que, como consecuencia de la actual situación monetaria alemana, resultarían más baratos que los nacionales. Esta tasa, cuya cuantía alcanzará el 5,5 por 100, será percibida en los puestos aduaneros cuando los productos agrícolas afectados entren al país. Si, en el curso de cada semana, el valor real del marco ascendiera por encima de ese límite del 5,5 por 100, los importadores tendrán que abonar la diferencia, pero si bajara, se les devolvería el importe percibido de más. El portavoz oficial que comunicó esta información añadió q ue con esta tasa los agricultores alemanes percibirán los mismos beneficios por sus productos, sin poner en peligro su capacidad competitiva en otros mercados al elevar sus precios. -Comtelsa, Holanda no debe revaluar el florín La Haya 30. Holanda no debe seguir el ejemplo de la República Federal Alemana y proceder de hecho a una revaluación del florín holandés, estimó hoy la Asociación de Empresas Holandesas en un comunicada hecho público en La Haya. Añade la declaración, que cierto número de sectores industriales de la economía ho- Tasa especial para las importaciones agrícolas Bonn 30. El Gobierno alemán ha dispuesto la aplicación de una tasa aduanera especial, con carácter transitorio, sobre las importaciones de un elevado número de productos agrícolas- -casi el 96 por 100 del to- EL CONSEJO SUPERIOR BE CÁMARAS APOYA LA POLÍTICA BE FOMEITO A LA EXPORTACIÓN El Consejo Superior de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de España, después ele una reunión de urgencia celebraba en Bilbao, ha hecho llegar al vicepresidente del Gobierno su inquietud después de haberse producido determinados acontecimientos que se encuentran en estudio e investigación. Esta inquietud está fundada, según nota del citado Consejo Superior, en las consecuencias que puedan derivarse para la exportación española en la medida en que las reacciones producidas puetlan condicionar a la Administración de los instrumentos de fomento de la exportación. En este sentido, las consideraciones, elevadas al Gobierno señalan la gravedad de que puedan ponerse en tela de juicio les fundamentos de una política de fomento a la exportación absolutamente necesaria y vital para el desarrollo económico del país. Manifiesta el Consejo su inquietud porque esta política de exportación pueda ser objeto de discusión y de confusionismo en el sector privado, y confía en que, con independencia de las actuaciones iniciadas por el Gobierno, se reafirme por el mismo la continuidad en la política de fomento de la exportación para eliminar las inquietudes provocadas por algunas reacciones desconocedoras de la realidad económica española. -Pyrssa.