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ABC MADRID 19-06-1969 página 34
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ABC MADRID 19-06-1969 página 34

  • EdiciónABC, MADRID
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ABC. JUEVES 19 DE J U N I O BE 1969. EDICIÓN DE LA MAÑANA. PAG. 34. aquí la problemática de la libertad del ser humano. Pilar Primo de Rivera expone su preocupación por la hipotética creación de un centro de enseñanza donde se ataque gravemente a la Patria. Fernández Miranda dice que el Estado tiene el control efectivo de la ley y de todos los medios que la ley suscita. Al Estado le atribuimos más que nunca, una inexorable intervención en función de los medios legales. Control duro, exigente, inexorable, descansando en la ley. Quiero en mi país un Estado fuerte, pero sometido a las leyes. El Estado tiene el derecho y la obligación de atender a esa necesidad funda- meniaUsitna que es la enseñanza. La distinción entre Estado y sociedad es algo que imponen nuestras leyes fundamentales. No pueden crearse centros para torpedear nuestras ideas religiosas ni la Patria. Todo dentro de las leyes. Cuando la Ponencia emplea la- palabra ayuda no está empleando las palabras subvención o subsidio. La gran tragedia de España- -insiste- -es que no ha tenido un Estado salvo en los tiempos de los Reyes Católicos y de Felipe II. López Bravo advierte y recuerda que se está en una cámara política y no en las Cortes y que hay que valorar las ideas políticas sin apreciaciones y puntualizaciones parlamentarias en las que suele derivarse por la experiencia de los consejeros en ese otro aspecto. Propone una corrección terminológica del punto hartamente debatido y levanta la sesión a las nueve menos veinte de la noche, para reanudarla a las diez de esta mañana. J. B. Q. van 3 coger en ninguno de los dos extremos. La polémica sigue con expectación y calor. Otra ves se levanta Fernández- Miranda, firme, como su contrincante dialéctico, Fueyo, en su postura ideológica. Corta discretamente Lopes Bravo. Califica de ilustres políticos y profesores a Fernández- Miranda y a Fueyo, que están desbordando, a su juicio, la cuestión. Hace una propuesta y entabla un vivo diálogo con la señorita Plasa, que pregunta y formula observaciones. Fueyo vuelve a intervenir. López Bravo también. Y se redacta la fórmula así: El Consejo Nacional entiende que las bases relativas a promoción estudiantil son dignas de elogio, ya que son el camino inicial para facilitar el acceso a la enseñanza a todos aquellos que tengan capacidad para la misma. Sin embargo, considera que la fundón de coordinación y estímulo debe hacerse sin producir interferencias que puedan restringir las iniciativas particulares. LOS DERECHOS DEL ESTADO Y DE LA SOCIEDAD Después del capítulo relativo a horarios y medios pedagógicos, Sánchez Cortés inicia el turno de oradores al tratarse de la enseñanza no estatal. Considera base esta enseñanza desde el punto de vista de sus principios, con los que quiere ser consecuente. Ha llegado ya el momento en que decidamos cuáles son los derechos del Estado y los derechos de la sociedad. Hace falta un pronunciamiento, una definición. Ortí Bordas exalta la generosidad del Estado español en la enseñanza no estatal, muy especialmente en la primaria y la inedia. Sobra, por lo tanto, el concepto del punto 4. del capítulo XX, alusivo a que el Estado no puede pretender el monopolio o exclusividad en la enseñanza FernándezM ir anda reconoce, como antes, que a la ponencia se le ha ido la mano en este caso. Ofrece una corrección que no satisface a Ortí Bordas. Muñoz Alonso, Eugenio Lopes y Labadíe Otermín expresan sus criterios. Labadíe dice que el Estado tiene que garantizar a todos los españoles el derecho efectivo de estudiar. IGLESIA, ESTADO, SOCIEDAD De nuevo, Fueyo, contrario siempre a cualquier aseveración o insinuación de la existencia de un supuesto monopolio estatal de la enseñanza. No ha habido ni hay tal cosa en nuestro país. De nuevo también Fernández- Miranda, que hace concesiones de corrección terminológica en nombre de la ponencia. El Estado no puede desconocer determinadas esferas y determinados derechos. Muñoz Alonso dice que la Iglesia es una institución social, pero que no es eso lo que la define. Fernández- Miranda manifiesta que después de las enseñanzas del Concilio Vaticano II los derechos que la Iglesia pueda tener están en el mismo plano de otras esferas e instituciones. La Iglesia, como tal, no puede tener inás derechos que aquellos que concuerden con el Estada. Opinión particular que expresa como católico radical, pero como español radical también. Bailarín Marcial opina. Estima, con Fernández- Miranda, que no es preciso citar a la Iglesia católica en el punto referente a la enseñanza no estatal que se discute. Ninguna Orden religiosa dedicada a la enseñanza, ni antes ni después del Concilio Vaticano II. ni en el III tiene una personalidad desgajada, -declara Muños Alonso- -de la Iglesia Católica. Sánchez Cortés considera un acierto no citar a la Iglesia. El derecho de la Iglesia es un derecho natural que el Estado reconoce. Yo- -dice- -soy bastante más liberal que el señor Bailarín. Soy profundamente liberal, y me enorgullezco de que el concepto liberal sea una expresión acuñada en España. Repudia, en cambio, el liberalismo, como contrario al concepto liberal. No podemos disminuir la responsabilidad del Estado en materia de enseñanza afirma, Fueyo. La discusión se prolonga con derivaciones y reiteraciones. Sánchez Cortés manifiesta El Estado es el servidor de la sociedad. A nú la libertad no me la da el Estado; a mí la libertad- me la dio Dios al crearme. Fueyo habla dirigiéndose a Sánchez Cortés. Bailarín se proclama más demócrata que liberal. Las intervenciones son ya, en su mayoría, de carácter marginal, descentradas del tenia fundamental del debate. Se reproduce la polémica Fueyo- F ernándes Miranda. Se pone fin a la apasionada discusión- -que ha durado más de una hora- -con una fórmula equilibrada que reconoce, en sus respectivas esferas, las competencias del Estado y de la sociedad en- materia de centros de enseñanza. Votan en contra de un párrafo de la- fórmula los consejeros Chozas y Fueyo. QUE ESPAÑA SEA PROFUNDAMENTE EUROPEA Nosotros tenemos que aspirar a que España sea profunda- mente europea y viva con arreglo a los cánones que en Europa existen arguye más adelante, con motivo de la discusión de otro tema de la enseñanza no estatal- ayuda, del Estado a instituciones o grupos en la creación y mantenimiento de centros de enseñanza el consejero nacional Sánchez Cortés. No pido para mi país una cosa distinta de lo que sucede en Italia, Francia, Bélgica, Holanda, Alemania. Estamos planteando SIHVICIO MUNICIPAL DE AGUAS DE SEVILLA ANUNCIO Se hace público que el próximo día 18 de junio, a las DOCE horas, se celebrará en la sede del Servicio, Diego de Riaño, número 2, subasta pública de las obras relativas al Proyecto de red de distribución para el abastecimiento parcial de la Bda. Torreblanca (segunda fase Presupuesto tipo: 2.150.069,35 ptas. Fianza provisional: 47.250 ptas. Presentación de proposiciones: En el Negociado de Secretaría, hasta el día 17 del actual, inclusive. El Boletín Oficial del Estado núm. 133, de 4 de los corrientes, publica extenso anuncio. Sevilla, 7 de junio de 1969. -El ingeniero director gerente. 35 años k aereslslan D i i; P el suelo con juntas soldadas COLOCACIÓN GARANTIZADA Puebla, 14- Tel. 221 15 91 Hansel y Grefhel Jardín de infancia para niños y niñas desde los dps años. Externos y mediopensionistas. Enseñanza del inglés. Gimnasia rítmica y baile. Jardín y patio, soleado. Servicio de coches. 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