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ABC MADRID 18-05-1969 página 3
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ABC MADRID 18-05-1969 página 3

  • EdiciónABC, MADRID
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EDITADO PRENSA SOCIEDAD M A D POR ESPAÑOLA, ANÓNIMA R I D FUHDADO EN 1906 POR DON TORCUATO LUCA DE TENA ABC sumen; por no ser propietarias de las fábricas textiles; por no serlo de las de electrodomésticos y automóviles, etcétera, etc. Por no existir no existiría L lia bertad política, pues no todos los ciudadanos pueden afrontar el gasto que requiere una campaña electoral. ¿D ó n d e desembocaríamos, entendida, con tan absoluta exigencia, la libertad? Forzosamente, al borde de la negación de la libertad. ¡Ah! no. No es éste ej recto entendimiento de la libertad, ni de la libertad de Prensa. La libertad de Prensa tiene dos formas o expresiones en su ejercicio: Primero: es libertad en cuanto. no queda vedada, sino permitida la edición de periódicos de empresa privada; sea cual fuere el número de empresarios que aparezcan en el sector. Segundo: es libertad porque el número múltiple de periódicos impide el monopolio y permite a todos los miembros de la sociedad optar libremente, en los quioscos, por el periódico que prefieren. Y el público elige. En suma, es libertad para los poseedores y es libertad para quienes no lo son. Ciertamente, la Prensa es una actividad de elevado interés público. Ahora bien, esta condición no puede aducirse para negar la legitimidad de las empresas privadas dedicadas a la edición de periódicos. El derecho de la sociedad a la libertad de Prensa desaparecería en tal caso. Y, por otra parte, no sólo las empresas privadas periodísticas actúan en materias de interés público. Materia de interés público es la sanidad nacional y no se niega la fabricación, por empresas privadas, de los medicamentos o el instrumental quirúrgico. Materia de interés público son muchos servicios- -desde el suministro de energía eléctrica hasta los transportes- -en los que existe una legítima presencia de empresas privadas. Y lo mismo podríamos decir de la educación, con centros privados de enseñanza; del obligado contenido industrial de muchas actividades artísticas, el cine, la literatura, la música... con productoras, editoriales y orquestas privadas. No hace falta insistir más. La lucha contra la empresa privada puede abrir tantos frentes de impugna- R E; D A C C I 0 N ADMI NISTRACI 0 N Y T A L LE RE s 6 S E R RA NO, E N un comentario editorial titulado Prensa y libertad ha escrito A B C (26 abril 1969) interpretando correctamente, a mi juicio, la actual Ley de Prensa: Existe libertad de Prensa porqu: individuos o grupos pueden, dentro del marco legal, fundar y editar periódicos en régimen de empresa privada. A la Administración corresponde garantizar el ejercicio de esta libertad. Y también: Si únicamente empresas estatales o paraestatales, empresas del sector público, tuvieran conferido el derecho de! editar periódicos, la situación equivaldría a la extensión de la soberanía estatal al campo de la información. Esta posición, muy clara, no se prestaba, de ningún modo, a error interpretativo alguno. Las libertades existen ¡para la sociedjd y quienes son miembros de ella; la soberanía es titularidad que corresponde al Estado. Por ello, el Estado garantiza o asegura libertades y ejerce, él, soberanía. Esta posición, por otra parte, y es ¡muy importante subrayarlo, no excluía la existencia de Prensa gubernamental- -4 estatal o paraestatal- -en el planteamiento correcto de una situación de libertad de Prensa. Se limitaba a poner de relieve que esta libertad no existiría sin periódicos de empresa privada, aunque con ¡ellos coexistan otros que no tienen este carácter. I Pese a todo, el director de Arriba periódico del Movimiento, según reza su título, no parece haber interpretado bien el sentido del editorial de- A B C, en su artículo Libertad para poseedores No creemos- -escribe- -que la libertad de Prensa, que cualquier libertad, deba ser monopolizada por nadie. Nunca desde este periódico se ha discutido de tal opinión; nunca se ha imp u g n a d o o contradicho. Precisamente para evitar el monopolio de la libertad de Prensa, esta libertad se recono e a quienes, como empresarios periodísticos privados, acepten el riesgo de editar un periódico en competencia con los domas y asuman las responsabilidades económicas consiguientes. Negar que la libertad de Prensa exista porque no todos tienen la capacidad económica que la fundación y edición de un periódico reclaman- -como apunta el director de Arriba -es una muy donosa manera de entender la libertad. Esí entenderla como ejercicio sólo posible a los poseedores. Pero sometida la libertan tan duramente a una oremisa de posibilidad económica, no hay libertad, salvo quizá la libertad de pensamiento, que se tenga en pie. No existiría libertad industrial, ¡porque la mayoría de los hombres carecen del capital suficiente para ser empresarios productores de sus propios biems de consumo. El enfermo no sería libre, por no ser él quien fabrica su penicilina. Las familias no serían libres, porque no son cosechadoras de sus alimentos; -porque no son constructoras inmobiliarias; porque no fabrican la electricidad que con- LIB ERTAD DE PRENSA COLECTIVA TELEVES MADRID. 26578 K- BARCELONA. 2305838 VALENCIA. 272826 Fábrica, Srr. tiago de Comoostela. ción c o m o quiera. Eso sí, sin cuitar como se llama el sistema político- económico donde la empresa privada ha desaparecido. Sistema, nos consta, antípoda del pensamiento de Manuel Blanco Tobío, hombre de pluma ponderada y muy equilibrado juicio. Adyacente a la libertad de Prensa- -y a sus dos proyecciones, la libertad de empresas y la libertad de sus lectores- -se plantea el problema de la definición de otro aspecto o faceta de esta libertad: la libertad del periodista, del profesional que sirve a la Prensa o en ella trabaja. Aquí, también, es posible dislocar el exacto sentido que pueda tener el ejercicio de la libertad profesional. Cierto- -teme el director de Arriba -que un redactor disconforme con los criterios de ella (la empresa) puede irse a trabajar a otra... Pero esto no modifica nada sustancial. Quedan, así, enfrentadas la libertad de la empresa y la del periodista. ¿Es cierto el dilema? Sí lo aceptamos, estaremos obligados a reconocer que todos los no empresarios carecen de libertad profesional. P e r o ¿acaso la libertad de profesional alguno, incluido el periodista, puede actuarse al margen de una determinada jerarquización de funciones, de una dirección del trabajo, que asegura di orden en la actividad de la empresa? ¿Acaso la libertad del periodista puede basarse en la coacción o comoulsión de la libertad de quien, Como empresario, le contrata? La vigente Ley de Prensa, al definir la extensión de la responsabilidad de un director de periódico, no abre camino, y ello prueba la sensata prudencia del legislador, a la actuación libérrima, fuera de la disciplina, de los redactores. Una redacción donde cada uno intentase hacer valer su particular criterio contra la opinión o línea de pensamiento del periódico, que el director representa, no sería una redacción de profesionales libres; sería una anarquía, sería un rudimentario status de libertad sin orden ni concierto. Una redacción, en suma, que no complacería profesionalmente al director deV Arriba profesional de muchos méritos, ni a ningún otro director. Casi todos los periódicos mantienen sec- ciones de artículos firmados, en las cuáles sus redactores pueden expresar su propia opinión. El periódico, a su vez, puede advertir a los lectores que la publicación del artículo firmado no significa solidaridad del periódico con las afirmaciones en él contenidas. Y al margen de este doble juego de la disciplina y orden laboral y de la posibilidad de firmar artículos de expresión de ideas propias, no parece posible plantear u. organizar la libertad del periodista. Libertad que, como todas, no puede proyectarse a lo absoluto, porque sólo existe en el ámbito delimitado por leyes justas. Y sólo puede ejercerse dentro de un orden lógico de trabajo. Y sólo proclamarse sin coacción de la libertad de los demás. Diego JALÓN

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