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ABC MADRID 02-03-1969 página 16
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ABC MADRID 02-03-1969 página 16

  • EdiciónABC, MADRID
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IOS NUEVOS EXÁMENES DE CONDUCCIÓN El 77 por 100 de los conductores españoles son menores dé cuarenta y cuatro años co, can una serie de preguntas que están en la calle y ue a lo largo de esta conversación encuentran respuesta adecuada. Don José Luis Torraba Llórente es ese gran conductor ue necesita el tráfico nacional, y a su experiencia y autoridad en la materia hemos invocado al solicitarle estas declaraciones. He aquí sus puntos de vista. LOS NUEVOS EXAMENES- ¿Qué razones han aconsejado la reforma de las pruebas para la obtención del permiso de conducción y cuáles son sus principales aspectos? -En la acción de la Administración sobre los elementos componentes del tráfico, con el fin de conseguir su mayor armonía, al estimarse que es el hombre, como protagonista de este típico caso de convivencia, el que aporta mayor complejidad al problema, por ser su conducta decisiva en el campo de la seguriiad vial, se ha considerado necesario revisar el sistema aplicable para la expedición de permisos de conducción, siguiendo para ello las tendencias más aconsejables de otros países, adaptando a este objeto los instrumentos legales, con el fin de elevar el nivel de esta seguridad. I La reforma va orientada a lograr que lus futuros conductores dispongan de los conocimientos y aptitudes necesarias para ser admitidos, dentro ie unos límites de seguridad, el cada día más complejo tráfico vial. Se ha considéralo oportuno, a la vez que se ian perfeccionado las pruebas iue venían realizando los astirantes a permiso de conduc: ión, introducir, con carácter teneral, la prueba de circulación en circuito abierto al tráico ordinario. En las pruebas teóricas destinadas a conocer si el aspiante a conductor posee los onocimientos precisos sobre as normas ée circulación, seíalización vial y mecánica del vutomóvil, cuando proceda, se ian introducido cuestiones anteriormente no recogidas. El sistema creado para la ealización de estas pruebas resenta menos dificultades ue el anterior, ya que de cuerdo con principios pedaógicos admitidos, en razón las materias oue debe conocer, es suficiente para probar la formación del examinando, que los cuestionarios a contestar contengan quince preguntas sobre normas de circulación, diez sobre señales y quince sobre mecánica del automóvil, cuando proceda. De otro lado, por igual razón, el sistema de calificación también resulta más benóvolo, al quedar establecido que para ser declarado no apto es preciso haber cometiólo más de dos errores en la contestación al cuestionario sobre normas de circulación o más de uno en la contestación al de señales, y por lo que respecta a la prueba mecánica, queda descalificado el aspirante cuando haya cometido más de dos errores. En cuanto a las pruebas prácticas, se ha establecido siguiendo, en üneas generales, la legislación anterior, la realización de una serie de maniobras en circuito cerrado, destinadas a conocer la destreza del aspirante en el manejo coordinado de los mandos del vehículo, introduciéndose como novedad, como ya prueba en circuito cerrado. Con la misma finalidad se exige que esta prueba se realice en automóvil de doble mando, debiendo llevar su control el instructor de la Escuela de conductores o persona legalmente habilitada para conducir el vehículo de que se trate. En la valoración de las distintas maniobras que constituyen la primera parte de la prueba práctica, se han suprimido los tiempos máximos que la legislación anterior establecía como determinantes de la calificación de cada una de ellas. Debo señalar que la prueba de circulación, por. el momento, será exigida, con carácter general, a los solicitantes de permiso de conducción de las clases C y D. En cuanto a los aspirantes al permiso de la clase B, hasta tanto las Jefaturas Provinciales de Tráfico dispongan de los medios necesarios, sólo la realizarán aquellos que sean seleccionados, en razón del número de los presentados a la ejecución de la prueba práctica. SUFICIENCIA DE LAS PRUEBAS- ¿Se puede saber en una sola prueba práctica o conjunto de pequeñas pruebas la destreza del conductor? -Es evidente que la primera parte de la prueba práctica a que se somete el aspirante a permiso de conducción no es suficiente para conocer si éste dispone de la destreza y soltura necesarias en la conducción, para adaptarse a las condiciones normales de la circulación. De aquí, la necesidad de establecer, con carácter general, la prueba de circulación en circuito abierto, admitida como única en algunos países, como Francia s Inglaterra, y en otros, como Alemania, conjuntamente con las pruebas de maniobras en circuito cerrado; prueba ésta en la que verdaderamente se comprueba la soltura del aspirante, su adaptación a las condiciones normales de circulación y su reacción ante las necesidades e incidencias del tráfico, combinando la destreza en el manejo del automóvil, con el conocimiento práctico de las normas de circulación y señalización vial. ¿Quiénes examinan a los aspirantes a conductores? -La Dirección General de la Jefatura General de Tráfico dispone de una Escala Técnica de funcionarios en la que se ingresa, previa oposición, exigiéndose para ello titulo universitario o de Escuela superior y de una Escala Ejecutiva en la que se exige para su ingreso, previa oposición, el título de bachiller superior o similar. Entre funcionarios de estas dos Escalas cuyo nivel de formación general y especializado, de acuerdo con las materias que se exigen en las oposiciones, es el adecuado, se seleccionan los que forman los cuadros de examinadores en tas distintas Jefaturas Provinciales. ¿Son objeto estas personas de una preparación especial que los habilite específicamente en esta gestión? -Entre los funcionarios de estas dos Escalas se hace una selección previa, en consideración a la edad, su experiencia en el trato con el público, conocimiento del automóvil, experiencia en la conducción, etc. Efectuada esta selección, se realiza un curso teórico y práctica de especiattzación en el que intervienen especialistas ajenos a la Organización. Podemos afirmar que los funcionarios que intervienen en las pruebas para declaración de aptitud de los aspirantes al permiso de conducción, se encuentran perfectamente capacitados para el desempeño de esta función. TRES MILLONES DE CONDUCTORES- ¿Cuántos permisos de conducción existen en España? -En 31 de diciembre de 1968 el número de conductores existente en España ascendía a 3.805.482, de los cuales, 3.456.124 eran varanes y 349.358 mujeres. También resulta de interés señalar que de estos conductores 2.274.156 se encuentran comprendidos entre la edad de 25 a 44 años y 68.801, entre los 18 y 24 años, lo que viene a representar el 77,65 por 100 del censo. ¿Suele ser suficiente la preparación que dan las Escuelas de conductores a los aspirantes a conductores? -La circulación por las vías públicas en las condiciones actuales exige cada vez más que los aspirantes a conductores sean parte de lo que podemos denominar población motorizada, con una mayor formación. Además del conocimien to y aplicación práctica de las normas de circulación y señalización deben aprender el manejo del automóvil en forma correcta, en circulación abierta al tráfico, no quedando reducidos sus conocimientos en esta materia a saber realizar el grupo de maniobras oue se exigen en la primera parte de la prueba práctica, en circuito cerrado. Como ya he dicho alguna otra vez, al aspirante no sólo se le debe instruir, sino educar, debiendo ser la enseñanza en las Escuelas de conductores práctica y atractiva vara que sea eficaz y facilitarse considerablemente mediante métodos modernos. A estas Escuelas les queda aun camino por recorrer. Esperamos que con su colaboración abierta y sin reserva formemos buenos conductores. EXAMEN PRACTICO- -Se tiene la Impresión, popularmente extendida, de que el criterio de calificación en Don José Luis Torroba Llórente ha quedado dicho, la prueba de circulación sobre un circuito abierto a la circulación normal, para todos los aspirantes a permiso de conducción de las clases B, C y D; si bien para su realización, con el fin de que él aspirante ofrezca un mínimo de garantía para la seguridad, es preciso Que se haya superado la

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