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MADRID, SÁBADO í i DE F E B R E R O DE i956. EJEMPLAR U NA PESETA ANO CUADRAGE- sI 6o MO NO YE N JJ Si 0 N UME RO 57 s PA G 1 N A s EL GOBIERNO ACORDÓ ANOCHE SUSPENDER POR TRES MESES LA VIGENCIA DE LOS ARTÍCULOS 14 Y 1 8 DEL FUERO OE LOS ESPAÑOLES Han sido nombrados embajadores: en La Haya, el duque de Baena; en Ankara, D. Juan Teixidor, y en Panamá, D. Federico Gabaldón SE IMPONEN A LOS DUEÑOS DE FINCAS FORESTALES DETERMINADAS OBLIGACIONES PARA EL TRATAMIENTO DE LAS PLAGAS La actual Academia Militar de Suboficiales, transformada en A c a d e m i a Auxiliar Militar En el- Ministerio de- Información y Turismo se facilitó anoche la: siguiente referencia- de lo tratado en el Consejo de Ministros, celebrado en el día de ayer bajo la presidencia de Su Excelencia el Jefe del Estado. Presidencia del Gobierno. -Decreto ley por el que. entuso de las atribuciones que confiere al Gobierno, el artículo 35- del Fuero de los Españoles se suspende por. tiempo de tres meses la vigencia de los artículos 14 y- 18 del mismo. Recursos de agravios c Expedientes de trámite. Asuntos Exteriores. Decreto, por el que se nombra embajador en La Haya al embajador D. José Ruiz de Arana y Báuer, duque- de Baena J; j Decreto por el que se desi na empajacftr en Ankara al. ministro plenipotenciario don Juan Teixidor y Sánchez. Decreto por el que se designa embajador de Panamá al ministro plenipotenciario don Federico Gabaldón y Navarro. Justicia. -Decreto por el que se adapta el Reglamento Orgánico de la- Carrera Judicial a los preceptos de la ley de 15 de julio, de 1954, sobre situaciones de los funcionarios de la Administración Civil del Estado. Decretos de personal. Expedientes de indulto y de libertad condicional. TEXTO DE LOS ARTIGULOS 14 Y 18 DEL FUERO DE LOS ESPAÑOLES El Consejo de ministros celebrado ayer acordó suspender; como se anuncia 1 en la referencia oficiosa, los artículos 14 y 18 del Fuero de los Españoles. JE 1 primero de los citados artículos dice así: Los españoles tienen derecho a fijar libremente su residencia dentro del territorio nacional. El artículo 18 está redactado en la siguiente forma: Ningún español podrá ser detenido sino en los casos y en la forma que prescriben las leyes. En el plazo de setenta y dos horas, todo detenido será puesto en libertad o entregado a la autoridad judicial. censos en el Cuerpo de Infantería de Ma- riña, coma aclaración a determinados ar- tículos de la ley de 20 de diciembre de 1952. Acuerdo sobre fabricación de varias partidas de material. Franquicias arancelarias. Hacienda. -Decreto- ley por el que se concede a las Obligaciones que e m i t a la R. E. N. F E. en virtud del decreto de 9 de diciembre de 1955, los mismos beneficios tributarios de que gozan las Obligaciones emitidas por la misma en uso de autorizaciones anteriores. Expedientes de trámite. Gobernación. -Decreto por el que se deniega la segregación de La Corraliza La Manga del Municipio de Sos del Rey Católico, para su agregación al de Castiliscaf (Zaragoza) Expediente por el que se accede al cambio de nombre de Villar de. Puerco por el de Villar de Argañán (Salamanca) Expediente por- el que; se autoriza el- res- 1 tablecimiento del nombre de Villá miev á del los Infantes por el que actualmente lleva de Infantes (Ciudad Real) Expedientes de obras en diversas loca lidades adoptadas por Su Excelencia el Jefe del Estado y de construcción de un grupo escolar en Ésparragosa de la Serena (Ba- dajoz) i (Expedientes de. personal y de trámite. Obras Públicas. -Acuerdo por el que se remite a las Cortes un proyecto de ley por el que el Estado renuncia, a favor de. la Compañía de Tranvías de. La Goruña, S. A. de los bienes que habrían de revertir por, la sustitución de la línea de La Coruña a Sada, por otra de autobuses. 1 Decreto por el que se aprueba el proyecto- de reparación de, péndolas y barándi: lia del puente en el Paraje del Pedrido, en la ría de Betanzos. Decretos por los que se autorizan los -concursos del segundo proyecto reformado de las obras por ejecutar de la presa de derivación y canal para riego de la mar- gen izquierda del Guadalhorce, tramo intermedio, cornpuertas y mecanismos de la presa de derivación del canal de riego de la margen izquierda, y del de las- obras del proyecto de túnel de la Sierra de Alcubirre, en el canal de Monegros (trozo IV) -D e c r e t o por el que se autoriza la subas- APLICACIÓN DEL RIGOR DE LA LEY CONTRA QUIENES HAN PERTURBADO 0 PERTURBEN EL ORDEN, LA PAZ Y LA UNIDAD DE LOS ESPAÑOLES Medidas disciplinarias académicas Terminada la reunión ministerial celebrada bajo la presidencia del Jefe del Estado, se facilitó a la Prensa la siguiente nota: El Gobierno ha tratado de las alteraciones del orden producidas en los últimos días con ocasión de incidentes entré grupos de estudiantes universitarios, y. ha acordado usar del rigor de, la ley contra quienes directa o indirectamente han perturbado o mienten perturbar el orden, la paz y la unidad de los españoles. A la vista de las actuaciones y atestados policiales, el Gobierno dispuso pasar el tanto de culpa a la autoridad judicial y acordó nue se tomaran las medidas disciplinarias académicas y las demás procedentes. ASCENSOS MILITARES Ejército. -Decretó por el que se asciende al empleo. de general de división al de brigada D. José Moreno, Muñoz. Decreto por el que se. asciende al. emplea de general de brigada 1 al coronel D. Luis Bardaxi Moreno. Decreto por el que se transforma la actual Academia Militar de Suboficiales en Academia Auxiliar Militar. -Expedientes de. trámite. Marina. -Decreto sobre destinos y as- Nota de la Dirección General de Seguridad La- Dirección General de Seguridad nos remite la siguiente nota: NOMBRES DE LOS DETENIDOS A DISPOSICIÓN DE LA AUTORIDAD Con ocasión de las alteraciones del orden producidas en Madrid, y además de las detenciones ya comunicadas en nota anterior, han ingresado como detenidos en esta Dirección General de Seguridad, D. Miguel Sánchez Mazas Ferlosio, D. Dionisio Ridruejo Jiménez, D. Ramón Tamames Gómez, don José María Ruiz Gallardón, D. Enrique Mújica Hertzog, D. Javier Pradera Cortázar y D. Gabriel Elorriaga Fernández, todos- los cuales han quedado a, disposición de la autoridad.