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ABC MADRID 16-07-1955 página 16
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ABC MADRID 16-07-1955 página 16

  • EdiciónABC, MADRID
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ABC. S Á B A D O 16 DE J U L I O DE 1955, EDICIÓN DE LA MAÑANA, PAG. 16 de ordenación urbana se establezcan las zonas o polígonos donde. se han de construir viviendas de renta limitada y se prevea la urbanización de los terrenos. El Ministerio de Trabajo queda facultado para establecer en las provincias españolas de mayor déficit de viviendas la obligación de que las empresas con más de 50 empleados otrabajadores fijos construyan en cinco anos viviendas para, el 20 por 100 de sus plantillas laborales. El citado d- screto- ley declara de interés social las obras incluidas en los planes generales de construcción a los efectos de facilitar la adquisición y ocupación de los terrenos y, al mismo tiempo, establece una dotación especial de 500 millones de pesetas, durante el plazo de cuarenta años que se destina a empréstito para su des- arrollo en los cinco años d. e vigencia del plan. Dicha dotación es independiente de la consignación de 2.000 millones que figura en los presupuestos del Estado para las. construcciones del Instituto. Los proyectos para el primer grupo de viviendas se presentarán directamente al Instituto. En los del segundo grupo las solicitudes se presentarán a partir del 15 de septiembre con un plazo que expira el 1. de noviembre. Se limita el plazo de terminación de la obra a doce meses, como máximo. Con respecto al plan de Madrid, Indicó que dicho centro queda encargado de unificar la acción de. to dos los organismos y se establece un sistema de normas por las que se obliga a las entidades industriales y mercantiles y bancarias con censo superior a 50 empleados y obreros a construir viviendas para el 20 por 100 del mismo en cinco años. Las empresas aportarán los terrenos, y el 50 por 100 y el otro 50, sin interés y por cincuenta años, será facilitado por el Instituto Nacional de la Vivienda. Para la construcción que se raalice en determinadas zonas, por particulares, se conceden anticipos y primas en las viviendas de segunda y tercera categoría establecidas por el Reglamento. Se declaran de urgencia a efecto? de expropiación los terrenos, abastecimiento de aguas, conducción de energía eléctrica y servicios complementarios. LA COMISARIA D URBANISMO AD- QVIRIRA TERRENOS Se concede un crédito de 300 millones de pesetas por el Instituto de Crédito para la, Reconstrucción Nacional a la Comisaría de Urbanismo con la finalidad de adquirir terrenos, urbanizarlos y venderlos directamente a todos los promotores de viviendas de renta limitada, incluidas en el plan. Este crédito debe reintegrarse- en el plazo de cinco años. Una orden conjunta de los Ministerios de Trabajo, Industria y Secretaría Gene. ral del Movimiento desarrolla las normas a que han, do ajustarse las empresas para cumplir la obligación que se, les impone. Se. encomienda el censo de empresas- y necesidades de vivienda a la C. N. S. y estará terminado el 1 de noviembre. La El Plan Nacional de Viviendas para 1956 Por una orden del Ministerio de Trabajo que publicará hoy el Boletín Oficial del Estado se desarrolla el decreto de 1 de julio del año en. curso sobre Plan Nacional de la Vivienda. El número de viviendas y clases de las mismas que se deberán construir en el próximo año 1956 en caflauna eje las provincias eápañolas será el siguiente: Primor smpo Primera Segundo grupo Segunda Tercera Total Álava Albacete Alicante Almería Avila Badajoz Baleares 1 Barcelona Burgos Cáceres Cádiz Castellón Ciudad Real Córdoba La Corana Cuenca Gerona Granada Guadalajara Guipúzcoa Huelva. Huesca Jaén León Lérida Lugo Madrid Málaga Murcia Navarra Orense Oviedo Falencia Las Palmas Pontevedra Salamanca Santa Cruz de Tenerife Santander Segpvia Sevilla Soria Tarragona Teruel Toledo Valencia Valladolid Vizcaya Zamora Zaragoza Totales 84 147 242 100 105 324 133 3.920 42 65 107 50 47 144 56 1.960 72 150 200 lo o 100 350 133 3.000 177 408 579 500 443 900 357 4.760 375 770 128 750 695 1.718 681 13.640 167 225 916 129 325 439 SOO 96 217 414 74 100 403 65 147 193 220 42 110 100 200 916 100 387 625 430 728 1.150 3.665 72 431 116 128 270 472 271 182 32 216 52 56 120 207 136 63 040 28 2.520 250 350 300 50 150 354 96 369 100 100 200 300 150 84 4.320 307 593 1.134 1.230 601 1.330 2.116 2.250 201 614 646 200 924 423 250 1.250 389 1.091 1.596 400 1.940 691 534 1.840 1.965 986 330 325 6.120 1.332 887 500 18.000 2.464 1.366 480 339 150 79 1.120 148 270 273 192 315 280 112 i.375 71 210 133 277 1.260 333 700 156 625 215 149 66 35 560 65 120 120 85 140 140 49 605 32 105 59 123 330 171 350 69 275 439 200 150 50 860 100 250 200 100 300 150 80 J. 000 678 384 321 1.860 750 484 4.400 332 750 720 460 875 540 324 2.145 645 1.390 1.313 837 1.630 1.110 565 5.125 50 100 100 250 750 250 600 100 625 198 505 370 570 2.030 351 920 662 1.420 4.670 1.666 3.000 857 1.350 243 975 568 2 500 24.452 11.669 19.398 44.447 99.907 TRUST JOYERO JOYERÍA- RELOJERÍA construcción deberá iniciarse el 1 de febrero de 1956, y en el primer año construirá cada empresa un número de viviendas no inferior al 4 por 100 de la plantilla. Los terrenos donde se edifique serán aportados por las empresas o por la Comisaría de Urbanismo. Las empresas podrán construir las viviendas individualmente, unidas a otras existentes o encargándolas a empresas constructoras o a la Obra Sindical del Hogar. Las inversiones en estas obras s. e computarán con. el 20 por 100 de reserva especial establecida por ley de 30 de diciembre de 1943, y en todo caso se les descontará la inversión que hayan realizado en el pasado, disminuyendo la obligación en la parte correspondiente. Las empresas podrán justificar ante el Ministerio de Trabajo su precaria situación económica, previo informe de la Delegación Nacional de Sindicatos. Las empresas de r. uevo establecimiento vendrán obligadas a. construir la totalidad de viviendas de su plantilla. Terminó sus interesantes manifestaciones el director del Instituto Nacional de, la Vivienda diciendo que han sido aprobadas, por orden del Ministerio de Trabajo, las nuevas ordenanzas técnicas de construcción del Instituto, y que la obligatoriedad de las empresas de construir viviendas alcanzan a las provincias de Madrid, Barcelona, Sevilla, Málaga, -Vizcaya, Guipúzcoa, Oviedo, Zaragoza, Valencia y. Cádiz. Insistió mucho en que todas estas, disposiciones dan evidentes facilidades a la iniciativa privada para que no rehuya en modo alguno la construcción de viviendas de distintas modalidades, porque no solamente se les garantiza una rentabilidad decorosa. sino que se les ofrece todo género de facilidades para acomet la empresa en que está empeñado el Régimen. TRACTORES LE ROBUSTF 35 HP. DIESEL Ptas. 93.000 ENTREGA EN EL ACTO SEIDA, S. A. ESPRONCEDA, 36- 40- Tel. 34 54 00. dé Calculador? y Sumadoras. JUomftstrt. Hprtalcza 3 P. T, 14503 Éi i Mili i

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