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ABC MADRID 21-04-1955 página 20
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ABC MADRID 21-04-1955 página 20

  • EdiciónABC, MADRID
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BANCO DE CRÉDITO LOCAL DE ESPAÑA SORTEOS EXTRAORDINARIOS Y ORDINARIOS DE AMORTIZACIÓN DE CÉDULAS DE CRÉDITO LOCAL CON LOTES Emisiones de 1942- 44- 49- 52 y 54 SORTEOS EXTRAORDINARIOS A los efectos prevenidos en la correspondiente ordenanza, ss hace público lo siguiente: Que como consecuencia de la modificación de los artículos 65 y 66 de los Estatutos del Banco, autorizada por el Decreto de 11 de agosto de 1953, se distribuirá entre los cedulistas, msdiante sorteos extraordinarios de amortización de esta clase de Cédulas, el importe de la participación en los beneficios del Banco aue señala el citado artículo 65, incrementando los premios o lotes establecidos. Y aprobados por la Junta General de Accionistas celebrada el 31 de marzo, el Balance y distribución de Beneficios del ejercicio último, el Consejo de Administración acordó, en uso de sus facultades, fraccionar en 819 lotes la indicada participación, y amortizar, en consecuencia, igual número de Cédulas por la cuantía y en los meses que se detallan a continuación: DOS CÉDULAS, QUE SÉ AMORTIZARAN A RAZÓN DE 500.000 ptas. cada una. (Una en abril y otra en diciembre) CINCO CÉDULAS, QUE SE AMORTIZARAN A RAZÓN DE 50.000 (En los meses de mayo, julio, septiembre, octubre y noviembre. Una en cada mes) TRESCIENTAS CINCUENTA CÉDULAS, QUE SE AMORTIZARAN A RAZÓN DE 3.000 (Distribuidas en lo? siete meses desde abril a diciembre) CUATROCIENTAS SESENTA Y DOS CÉDULAS, QUE SE AMORTIZARAN A RAZÓN DE 1.500 (Distribuidas como en el grupo anterior) Los siete lotes de mayor importe son adjudicarles, mediante sorteo entre todas las emisiones, uno cada mes. Los lotes de 3.000 pesetas son destinados a sortear entre las emisiones de 1949, 1952 y 1954. Los de 1.500 pesetas se destinan a sortear entre las emisiones de 1942 y 1944. Todos ellos durante los siete meses antes indicados. El primer sorteo se celebrará en el presente mes de abril, como queda expresado, el día 30, en Madrid, en el domicilio del Banco, paseo del Prado, 4, ante Notario. Dicho acto será público y comenzará a las cuatro y media de la tarde. Los demás sorteos tendrán lugar en los meses de mayo a diciembre, en el último día hábil, excepto en diciembre, que se celebrará el dia 30, y serán anunciados con diez días de anticipación, por lo menos, según la ordenanza. En el sorteo de abril se amortizará, en primer término, UNA CÉDULA POR 500.000- PESETAS. Las Cédulas de igual número, correspondientes a las restantes series de la emisión a que pertenezca dicha cédula, serán asimismo amortizadas: por 3.000 pesetas cada una, si se trata de las emisiones de 1949, 52 y 54, o por 1.500 pesetas si fueren ds las de 1942- 44. SORTEOS ORDINARIOS Estos sorteos, con arreglo a lo establecido en las bases de las respectivas emisiones, darán lugar a cuatro sorteos, en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre, para amortización con premios de las Cédulas siguientes: CINCO CÉDULAS, QUE SE AMORTIZARAN A RAZÓN DE 250.000 ptas. cada una. (Una en el mes de septiembre y cuatro en el mes de diciembre) CINCO CÉDULAS, QUE SE AMORTIZARAN A RAZÓN DE 100.000 (Una en el mes de marzo y cuatro en el mes de junio) CIENTO SESENTA Y CINCO CÉDULAS, QUE SE AMORTIZARAN A RAZÓN DE 2.000 (28 en el mes de marzo, 56 en el de junio, 27 en el de septiembre y 54 en diciembre) DOSCIENTAS VEINTE CÉDULAS, QUE SE AMORTIZARAN A RAZÓN DE... 1.000 (120 en el mes de junio y 100 en el de diciembre) El sorteo de marzo se celebró el próximo pasado día 31, habiendo correspondido amortizar UNA Cédula con el premio de 100.000 pesetas, y VENTIOCSO con los de 2.000 pesetas. NOTA RESUMEN DE LOS SORTEOS EXTRAORDINARIOS Y ORDINARIOS En lo que resta del presente año, los premios o lotes pendientes de adjudicación son les siguientes: ptas. 1.000.000 ptas. 2 premios de 500.000 pts 1.250.000 250.000 8400.000 4 100.000 250.000 5 50.000 1.050.000 350 3.000 274.000 137 2.000 693.000 462 1.500 1.000 220 220.000 5.137.000 ptas. 1.185 Estas Cédulas, que devengan el 4 por 100 de interés anual, libre de impuestos, pagadero trimestralmente, son amortizables a la par mediante sorteos anuales en el plazo máximo de cincuenta años, además de los sorteos periódicos con premios o lotes, tienen la consideración de fondos públicos, con cuyo carácter son cotizadas en las Bolsas Oficiales de Comercio, y estimadas por el Banco de España, pudiendo constituirse con estos títulos fianzas y depósitos provisionales y definitivos en la contratación con las Provincias y Municipios. Igualmente están incluidas entre los valores utilizables para inversiones y reservas de Cajas de Ahorro, Montepíos y Compañías de Segures. Todos los actos, contratos y documentos que se realicen u otorguen relativos a la emisión, circulación, transmisión inter vivos transformación y amortización de estas Cédulas, estarán exentos de todos los impuestos vigentes, y, concretamente, de los de Pagos, Derechos reales, emisión y negociación de valores mobiliarios, tarifa segunda de Utilidades y Timbre. Los premios correspondientes a los sorteos ordinarios y extraordinarios están exentos de la Contribución General sobre la Renta; porque su importe no se comprenderá como ingresos constitutivos de renta, según dispone el articulo octavo de la Ley de 16 de diciembre de 1954, por la que se modifican y refunden los preceptos reguladores de dicha Contribución. Madrid, 2 de abril de 195 S.

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