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ABC MADRID 25-06-1936 página 27
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ABC MADRID 25-06-1936 página 27

  • EdiciónABC, MADRID
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A B C: JUEVES 25 DE JUNIO DE 1936. EDICIÓN DE LA MAÑANA. PAG. 27. Afirma que los obreros están siendo perseguidos por los jueces de derechas y que el delegado provincial de Trabajo ha dicho que mientras no tenga autorización del Gobierno no puede intervenir. Cita el caso de 160 trabajadores españoles expulsados de Tánger, que no encontraron apoyo en las autoridades consulares nuestras allí, y que hoy sufren prisión en la cárcel del Puerto de Santa María. Dice que los obreros españoles no encuentran tampoco apoyo en nuestras representaciones consulares de la zona francesa. El Sr. MARTÍNEZ PEDROSO se adhiere al ruego del Sr. Ortega sobre los encarcelados en Puerto de Santa María. Se da cuenta del despacho ordinario, se fija el orden del día para hoy y se levanta la sesión a las nueve menos cinco minutos de la noche. Como el miércoles de la semana pasada, no hubo necesidad de prorrogar después tic esa hora la sesión. nado, y servicios de viajeros en taxis con itinerario y horario indeterminado. Todos estos servicios estarán a cargo de un Servicio central, cuyo jefe será un inspector general o ingeniero jefe del Cuerpo de Caminos. Las autorizaciones que se concedan a Empresas o particulares para servicios de transporte de viajeros o mercancías serán valederas por cinco años, renovándose por la tácita anualmente en lo sucesivo. Estas concesiones no implican exclusiva alguna, pudiendo establecerse sobre una misma carretera cuantos servicios se soliciten y sean autorizados con arreglo a los preceptos de esta ley. El concesionario titular de un servicio público de transportes por carretera tributará por los conceptos siguientes: patente nacional de circulación, impuesto de transporte, impuesto del Timbre, canon de conservación de carreteras y canon de inspección. Además, con excepción de los taxis, deberán constituir una fianza para responder del cumplimiento de las condiciones de la concesión. El canon de conservación de carreteras, de cuyo pago están exceptuados los servicios que transporten gratuitamente la correspondencia, se abonará por trimestres, a razón de un céntimo por tonelada y kilómetro para los servicios en carruajes grandes, y de 25 pesetas al trimestre para los taxis. Para la fijación de tarifas se clasificarán las líneas en afluentes y no afluentes a las vías férreas. Las primeras no podrán ser inferiores a diez céntimos por viajero y kilómetro en clase especial; siete céntimos en primera clase, cuatro en segunda y quince por tonelada y kilómetro para las mercancías. Para las líneas no afluentes, las tarifas no podrán ser inferiores a trece céntimos por viajero y kilómetro en clase especial, nueve en primera, cinco en segunda y 25 por tonelada y kilómetro para las mercancías. Se declaran nulas, sin derecho a indemnización, todas las concesiones otorgadas con anterioridad a la fecha de esta ley. do se expresaría en la próxima sesión municipal. La referencia de los que profirieron los gritos es la siguiente: En un chigre próximo al puente que une a Sama con La Felguera entraron cinco cabos seguidos de un grupo que les acosaba con el grito de U. H. P. ante la reiteración del cual se volvieron rápidamente, y a este movimiento los del grupo retrocedieron y empezaron a gritar: ¡Viva Rusia! 1 los cabos contestaron: ¡Viva España! y alternativamente el grupo y los cabos gritaron: ¡Viva el Ejército rojo! ¡Viva el Ejército español! ¡Muera la religión! y ¡Viva Cristo Rey! Los cinco cabos fueron amonestados y se les ordenó que en lo sucesivo se abstuvieran de proferir gritos y se limitaran a dar cuenta de lo que ocurriera a la superioridad. Tales son los hechos acaecidos que se desprenden de la información practicada, la cual queda a disposición del señor diputado que formuló el ruego, por si le interesase conocer algún detalle más. Lo digo a VV. EE. para su conocimiento y efectos. -Madrid. 17 de junio de 1936. -El ministro de la Guerra, Santiago Casare Quiroga. Fuera de la sesión Proyecto de ley sobre los servicios públicos de transportes por carretera El ministro de Obras públicas leyó a las Cortes su proyecto de ordenación de los servicios públicos de transportes por carretera. En el preámbulo se declara que el procedimiento de concesión de exclusivas de transportes que venía siguiéndose ha creado pequeños monopolios en cada carretera, que constituyen en definitiva un monopolio de carácter nacional. Considera el ministro que puede establecerse el servicio de transporte por carretera sin exclusivas ni fuertes subvenciones, declarando la libertad de circulación por las carreteras del Estado, provincia o municipio, y descansando, desde luego, este sistema sobre los principios fundamentales de una rigurosa inspección que garantice los intereses del público y una tributación por uso de la carretera para fines mercantiles que, además de justa, sea equitativa, en relación con las cargas a que festán sometidos otros medios de transporte. La idea capital que se sostiene en este proyecto de llegar a hacer complementarios los servicios de transporte por ferrocarril y carretera induce a favorecer estos últimos en el caso de que sirvan para afluir tráfico al primero, lo que se consigue ofreciendo la rebaja de tarifas mínimas y del cartón de conservación de carreteras en relación con aquellos otros servicios que pueden establecer competencia. Estas competencias, lo mismo entre los transportes por carretera y ferrocarril cómo entre los primeros, llegan a ser ilícitas y perjudiciales para los intereses públicos cuando se establecen tarifas máximas, por lo que otra base fundamental del establecimiento de estos servicios es la de fijar tarifas mínimas que, si no excluyen las competencias, impotíbílitan por lo menos el perjuicio aludido. En la parte dispositiva se establece que todo servicio público de transporte por tracción mecánica que se verifique sobre carreteras o caminos pertenecientes al Estado, provincia o municipio, tendrá que ser objee to de concesión o autorización. Eátos servicios se clasifican en cinco clases: servicia de viajeros, mercancías o mixtos, con itinerario y horario fijos, y con la obligación de transportar gratuitamente la correspondencia; de viajeros, mercancías o mixtos, con itinerario y horario fijos, sin la obligación de transportar la correspondencia gratuitamente; de viajeros, mercancías o mixtos, con itinerario fijo y horario indeterninado; con itinerario y horario indetermi- CUESTIONES A G RAR 1 A S Reorganización deKComilé de enlace de entidades agro- pecuarias de España Se nos ruega la inserción de la siguiente nota: Este Comité se ha reorganizado recientemente a base de constituir un organismo con personalidad jurídica y legal, integrado por las entidades nacionales agropecuarias y forestales, si bien autorizando su reglamento, que puedan participar en sus deliberaciones en un sentido informativo las organizaciones provinciales, no sólo para plantear problemas concretos, sino especialmente para aquellos casos que afecten a la respectiva región o provincia. Es propósito y trayectoria del nuevo Comité ponerse inmediatamente en contacto con todas las organizaciones regionales y provinciales a través de las grandes instituciones agropecuarias y forestales de carácter nacional al objeto de entrelazar toda la extensa organización agrícola española para lograr una solidaridad de cuantos viven de la producción de la tierra y de la ganadería en una acción conjunta, con- un criterio de unidad y bajo una disciplina de cuya concentración de esfuerzos cabe esperar muchísimo en orden a la defensa de los intereses del campo y sin la cual era de temer que continuase indefinidamente la ya dilatada serie de sus desventuras. Esas grandás Asociaciones agrupan ya buena parte de las entidades agrícolas existentes en él país; pero los momentos difíciles por que atraviesa la producción y la gravedad de las circunstancias presentes exigen que todos los agricultores y ganaderos vivan unidos estrechamente para representar una fuerza social y económica que se haga respetar. La eficacia de una organización estriba, no sólo en el número de sus componentes, sino en la disciplina, en la unidad de mando y en los elementos de que se disponga para una acción defensiva, y este convencimiento debe servir a todos de acicate y de estímulo para que quienes permanezcan aún disociados se incorporen rápidamente á este movimiento, adscribiéndose a la entidad más próxima, pues ha llegado la hora de contarse y saber quiénes están a favor y al lado de los labradores y quiénes de éstos permanecen aún en la inacción confiados en La prórroga de los presupuestos El ministro de Hacienda leyó ayer tarde a las portes un proyecto de ley cuya parte dispositiva consta de seis artículos. Por ella se prorrogan para el tercer trimestre del año actual los presupuestos generales del Estado aprobados para 1935, sobre la base de los créditos anuales fijados para la prórroga del segundo trimestre, con las modificaciones derivadas de preceptos legislativos que hayan de tener reflejo en presupuesto, la eliminación de dotaciones afectas a servicios suprimidos y las economías que puedan introducirse. lina información interesante En el Diario. de las Sesiones encontramos la siguiente comunicación que el ministro de la Guerra, Sr. Casares Quiroga, dirige a l Mesa de las Cortes: Excelentísimos señores: Como continuación a mi escrito de 25 de majEp último, de la informativa que en ei mismo se ordenaba en relación con el ruego del señor diputado D. Ángel Pestafla, concerniente a que se adoptasen las medidas oportunas, para evitar que. cabos del Ejército de guarnición en La Felguérá den gritos subversivos contra el régimen, resulta: El comandante militar de Asturias, el 26 de marzo, día siguiente al de los sucesos origen del ruego formulado, ordenó al coronel del regimiento número 40 que se trasladase a Sama de Langreo para practicar una información junto con el denunciante, concejal del Ayuntamiento D. Daniel Gutiérrez, quien no había sido testigo de los hechos, y caballerosamente hizo presente al coronel que se daba por satisfecho con saber que se corregirían, manifestándole que en este senti-

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