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ABC MADRID 11-06-1936 página 60
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ABC MADRID 11-06-1936 página 60

  • EdiciónABC, MADRID
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A B C. JUEVES I I DE JUNIO DE 1936. EDICIÓN DE LA MAÑANA. PAG. 60. Se realizará en autobuses, saliendo de Madrid a las ocho de la mañana, y se visitarán los monumentos y sitios de interés, que serán comentados por el catedrático Sr. Ovejero. ¡Neumáticos! Radio, economía. ¡Siempre Ardid Genova, 4. El sábado, a las diez y media de la noche, celebrará la Sociedad Cultural Deportiva en su local social, Príncipe, 12, un baile familiar con motivo de la verbena de San Antonio. Será elegida Miss Cultural y la que resulte proclamada participará en la elección de Miss Deporte que se llevará a efecto en el mes de julio. Cuadros. Galerías Ferreres, Echegaray, 25. El domingo, 14 de junio, correrán las aguas en las fuentes de La Granja, con motivo del X Día de Segovia En el, Centro Segoyiano (Mayor, número 1) se facilitan tarjetas para el tren especial. La chulapona, Sombrero de copa. La del manojo de rosas, en discos Odeón. Pi Margall, 11, y Preciados, 1. La Asociación de Profesores de Dibujo celebrará el próximo día 14 Junta general extraordinaria en su local social de Rosalía de Castro, 30, a las diez de la mañana, para tratar de la colegiación de los profesores de dibujo, de los decretos últimamente aparecidos en la Gaceta y proceder a la elección de secretario y vicesecretario. j cientes asambleas de la Junta de Defensa de Madrid, la Casa de los Gatos, de acuerdo con dicha corporación y con la aquiescencia del comisario del Canal en el Consejo de los Canales del Lozoya, ha organizado una expedición colectiva a las instalaciones de los Canales, f ue se verificará el próximo domingo, día 14, por la mañana. Esta noche, a las once, celebrará el Centro Riojano un baile en la sala de fiestas Salamanca. Al acto asistirán las misses de todas las Casas regionales. LOS TRIBUNALES DE JUSTICIA En la Audiencia La solidaridad en las obligaciones, sin pacto expreso Don L. J. M. por su propio derecho, y don A. G. J. en concepto de albaoea de la herencia de don R. A. H. promovieron demanda en reclamación de cantidad contra don F. G. B. al que se la habían entregado sin documento acreditativo por la amistad que existía entre todos los litigantes, por la circunstancia de haberse verificado la entrega del metálico en el despacho de persona de la confianza de los interesados, por ser entonces el hoy demandado contador partidor de la herencia de don F. D. G. de la que eran legatarios los demandantes y porque el sujeto a que se ha hecho referencia quedó en formalizar el escrito aludido como había extendido anteriormente ei que se contraía a la entrega que los actores habían recibido de doña L. S. legataria. también en la sucesión indicá- da, cpn el fin de atender aquéllos a la petición quedes había formulado el demandado, y para lo cual tuvieron qué acudir a la legataria dicha. La demanda fue estimada por el fallo de primera instancia, contra el cual interpuso el condenado recurso de apelación, habiéndose dictado por la Sala primera de la territorial, con la ponencia del prestigioso magistrado Sr. Navarro, sentencia confirmatoria de la recurrida, aceptando de ella los considerandos en los que se enjuicia la cuestión fundamental debatida, por la interpretación acertada que en uno se da al principio consagrado en el artículo, 214 del Código civil, y la afirmación que se hace en otro de que la solidaridad en los acreedores no es necesario que se pacte expresamente. Estos fundamentos dicen literalmente: Que si conforme a los principios generales del Derecho quien niega simplemente no viene obligado a probar, porque la prueba incumbe al que afirma, para que este principio tenga debida aplicación favorable al demandado es preciso que éste, en su contestación, no siente frente a los del demandante otros hechos diferentes, porque éstos, a su vez, entrañan una afirmación que, por lo mismo, al demandado incumbe probar, y ya que tra tó de enervar la reclamación contra él dirigida, afirmando que la cantidad recibida por los demandantes de doña L. S. lo fue para pagar ellos el impuesto de derechos reales por los legados que habían recibido en la herencia de don F. D. y no para entregarlas al demandado, debió probar ese aserto, y al no hacerlo ni intentarlo siquiera, quedarr en toda su fuerza los hechos de la Darte actora, que tuvieron debida justificación; pero además, reconocida la existencia de la cambial aceptada por el Sr. G. B. en el Banco de... para cuyo pago le prestaron los actores la cantidad indicada, era de elemental instinto de defensa justificar la procedencia de la suma con que satisfizo en dicho Banco la letra, si no lo fue con dinero recibido de los demandantes... Que aun estimada la falta de personalidad de don A. G. J. debe la demanda prosperar íntegramente en cuanto al otro demandante don L. J. M. por su carácter de acreedor solidario con don R. A. H. y h y sus herederos, pues aunque no se haya pactado expresamente la solidaridad, ésta existe si nace de la naturaleza misma de la obligación, según tiene declarado el Tribunal Supremo er. sentencias repetidas, y de la intención df los contratantes, porque el préstamo fue entregado conjuntamente, in solidum, sin dividir la cantidad entre los dos acreedores, sin distinguir lo que cada uno aportaba, 3 así se deduce de su precedente inmediatc que es la cantidad recibida por los demandantes de doña L. S. solidariamente, come es de ver, para ser entregado al demandado, y si en aquel préstamo se constituían en deudores solidarios, es natural que se constituyeran en acreedores solidarios de don F. G B. según las reglas de interpretación de los contratos por los actos precedentes o simultáneos, y como acreedor solidario puede dor L. J. M. redamar íntegramente la deuda, conforme al artículo 1.141 del Código civil, y él responderá al otro acreedor de la parts que le corresponda en la obligación a tenor del 1.143 del mismo Código. Informó, en defensa de la parte apelada el letrado D. Jesús Yébenes. -FABIÁN DE DIEGO Vistas señaladas para hoy Tribunal Supremo fíala primera. -A las diez y media, Becurso contra sentencia de Sevilla sobre liquidación de contrato entre Núñez y Camacho. Letrado, Sr. Peso. Sala segunda. -A las once: Recurso interpuesto por Pedro Pons y Pons contra sentencia del Juzgado de Instrucción d Inca sobre estafa. Recurso interpuesto por Antonio Fontana contra sentencia de Valencia sobre delito contra la salud pública. Recurso interpuesto por Pedro Chico Cánovas contra sentencia de Cuenca sobre estafa. Sala tercera. -Resoluciones sin vista. Sala cuarta. -A las diez y media: Recurso de D. Saturnino Andrés Vázquez sobre destitución secretario de Ayuntamiento. Fallo. Sala quinta. -A las diez y media: Recurso contra sentencia de Játiva sobre indemnización entre Valle y Daroca. Recurso contra sentencia de Linares sobre indemnización entre Sepúlveda y Compañía Minera de Linares. Letrados, señores Bugeda y Verdugo. Recurso contra sentencia de San Feliu de Llobregat sobre salarios entre Arsó y Sindicato Vitícola Comarcal de Martorell. Letrado, Sr. Pedrol. Sala sexta. -A las diez y media: Auditoría de la séptima división orgánica. Recurso de revisión en causa seguida contra Lorenzo Plata por delito contra la disciplina. Sala séptima. -A las diez y media: Recurso número 6.72 5. La Administración y el Ayuntamiento de Sevilla sobre personal Fallo. Audiencia territorial Sala primera. -A las diez y media: Don José Sánchez con doña Carmen López sobre apelación. Doña Matilde González con D. Eduardo García sobre impugnación de tasación de costas. Sala segunda. -A las diez y media: Doña Felisa Fernández con D. Juan Acero sobre reconocimiento de hijo natural. Doña Saturnina de la Rubia con D. Martín Fernández y otro sobre pago de pesetas. Audiencia provincial Sección primera. -Resoluciones sin Ttista. Sección segunda. -A las diez: Dos causas por estafa. Causa por atentado y lesiones. Frigoríficos Norge en Zato, Pi Margall, 11. El Centro de Hijos de Madrid celebrará mañana, viernes, en su domicilio social, a las siete de la tarde, en primera citación, y a las siete y media en segunda, Junta general ordinaria de socios. La Casa Charra celebrará el próximo sábado, de diez y media de la noche a la madrugada, una verbena en los jardines del Dancing Madrid- Bombilla, en honor de la señorita Miss Casa Charra 1936 Las invitaciones pueden adquirirse en la Casa Charra (calle de Alcalá, 20, edificio del teatro Alkázar) La Sociedad Patronal de Garajes y Talleres celebrará mañana, viernes, a las seis y media de la tarde, en la calle del Barco, 32, bajo, Junta general extraordinaria, especialmente dedicada a los garajes, para tratar de las tarifas mínimas en los mismos. La Hermandad Médico- farmacéutica de San Cosme y San Damián celebrará Junta general extraordinaria mañana, dia 12, a las siete y media de la tarde, en su domicilio social, para tratar del reparto de ponencias del próximo curso y renovar los cargos de la Comisión directiva de la Academia Deontológica. En la tenencia de alcaldía del distrito de La Latina (carrera de San Francisco, 8) se encuentra a disposición de la persona que acredite ser de su propiedad un reloj de pulsera, hallado en la vía pública. El Centro de Hijos de Madrid celebrará esta noche, a las once, en la sala de fiestas del Metropolitano, un baile a beneficio de su Casa de Estudios. Las invitaciones pueden recogerse en la Secretaría del Centro, Puerta del Sol, 11 ó en la Casa de Estudios, calle de la Bolsa, número 10 moderno, de siete de la tarde a nueve de la noche. Con objeto de contribuir a que el vecindario conozca sus servicios de abastecimiento de aguas, a tenor de lo acordado en re-

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