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ABC MADRID 24-09-1935 página 27
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ABC MADRID 24-09-1935 página 27

  • EdiciónABC, MADRID
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A B C MARTES 24 DE. SEPTIEMBRE DE 1935. EDICIONjDE LA MAÑANA. PAGí 27. f CONSAGRACIÓN DEL N U E V O O B I S P O DE AVILA Solemne ceremonia Avila 23, 10 mañana. En la iglesia catedral se lia celebrado la consagración episcopal del nuevo obispo de esta diócesis, doctor D. Santos Moro Briz. En el presbiterio y coro tomaron asiento las representaciones de centros, entidades v corporaciones, Ordenes religiosas, Clero y Seminario. Figuraban también el gobernador civil, Sr. Peña y el alcalde do la ciudad, Sr. Melero. Actuó de obispo consagrante el de Salamanca, Dr. Pía y Deniel, a quien sucede el Dr. Moro Briz, en Avila, asistiéndole el prelado de Ciudad Rodrigo Dr. López Molina, el del Tonkin, fray Francisco Gómez, hijo de la provincia, que reside accidentalmente en Avila. En el acto estuvo presente el nuncio de Su Santidad, monseñor Tedeschini, que pasa una temporada en ésta en cura de reposo. Fueron padrinos del nuevo prelado clon Mariano Aboin, conde de Mqntefrío y su distinguida esposa doña María del Pino Masieu. Una masa inmensa de público invadía el templo catedralicio en el que estaban instalados potentes altavoces. La ceremonia de consagración se llevó a cabo con el ritual acostumbrado oficiando las misas los obispos consagrante y consagrado, cada uno en un altar, y corriendo a cargo de un magnífico coro compuesto por las alumnas de los colegios de la Milagrosa, en una parte del crucero y la capilla de la catedral, reforzada por las agrupaciones musicales de los conventos de Santo Tomás, Santa Teresa y PP. Paúles. Terminada la ceremonia, el nuevo prelado recorrió la iglesia, bendiciendo al pueblo que le aclamó con ensordecedores aplausos. El doctor Moro ha hecho su entrada en la ciudad esta tarde, a las cinco y media, desde la iglesia de San Pedro. Precedido por una comitiva numerosa en la que figuraban hermandades, cofradías, asociaciones religiosas con sus banderas y estandartes, Ordenes religiosas, Clero parroquial y cabildo catedral, el nuevo obispo, bajo palio, recorrió las principales calles, abarrotadas de gente que incesantemente le ovacionaban. En la puerta, de la Catedral- le fueron entregadas las llaves del templo y de la fortaleza, y, ya en la iglesia, dirigió la palabra al gentío que la llenaba. Le exhortó a traducir sus aclamaciones en obras prácticas de cristiano espíritu, manifestando que cumplirá con fidelidad el Evangelio. Pidió se mirase a su persona, no como tal, sino como enviado de Cristo y no designado por los hombres, ni por petición, puesto que no anhelaba el cargo, y terminó con llamamientos sentidos a la pie- dad y con su gratitud a Avila, donde lleva tantos años conviviendo con todos. El doctor Moro Briz dio su bendición, que fue recibida de rodillas por la inmensa muchedumbre, en medio de un profundo recogimiento. En atención a las circunstancias, no se I ha celebrado banquete, y la cantidad destinada para él, por disposición del prelado, ha sido entregada a los pobres. Tanto el báculo, que es magnífico, como el anillo, de un realzado mérito, obra del señor Granda, han sido costeados al nuevo obispo por el cabildo y el clero y por la Caja de Ahorros de Avila, respectivamente. El detor Plá y Deniel le regaló el pectoral. También han sido regalo de diversos donantes cuanto constituyen insignias del doctor Moro, que ha recibido un espléndido homenaje de entus asta s tnpatía y adhesión por parte de Avila. ECOS DEL PUBLICO La recogida de basuras Hemos recibido alguna carta en que, refiriéndose al asunto de la recogida de basuras, presenta el caso de familias que por no tener servidumbre habrían ellas mismas de bajar a la calle los cubos de la basura. Nuestro comunicante pide que el Ayuntamiento piense en estos casos, que se presentarán en abundancia, y resuelva lo antes posible este conflicto que ocurrirá a tantas personas que carecen de servidumbre o se sirven de asistentas que, como se sabe, acucien a las casaa horas después de la recogida de las basuras. LOS TRIBUNALES DE JUSTICIA En el Supremo La intención de matar- -deíito de resultado Salazar Alonso, quien a sus actividades políticas añade un gran entusiasmo por el ejercicio de su profesión de abogado, plantcó ayer mañana un interesante problema jurídico ante la Sala secunda del Supremo. -Nos hallamos- -decía- -ante un delito de resultado... Es cierto que el recurrente- -Fernando González Canga- Arguelles- arrebatado por los frecuentes ataques a su finca Espartaleras- -término municipal de Palacios- que casi a diario venía sufriendo, hizo un dis- 7 Z, 20 f 17 A DÍA. o t imdt dlt un paro de escopeta contra Manuel Montosa, causándole la fractura completa del antebrazo derecho, y cierto es también que después de caer al suelo el agredido le golpeó con la culata del arma, causándole numerosas lesiones, pero habiendo sanado el agredido a los setenta días, ¿puede sostenerse que estemos ante un delito de homicidio en grado de frustración? La Sala de Sevilla, íinte la cual se vio el proceso contra Fernando González CangaArguelles, estima, en efecto, en su sentencia que se trata de un homicidio frustrado, porque el procesado hizo el disparo con evidente propósito de matar a Montoya, pero en el recurso se niega tal propósito, y el Sr. Salazar lo negaba también en su informe. -La intención- -decía- -ha de deducirse de los hechos, que por la índole especial de los consignados por la Sala no tenemos más remedio que tratar, y los hechos- -aunque. se declaren probados- -arrojan una resultancia que no puede quedar fuera del examen que nos vemos precisados a efectuar ante el Tribunal de casación. ¿Quién es capaz de sostener que mi representado se propuso matar a Montoya? Si tal hubiera sido su propósito, hubiese disparado otra vez contra el dañador de su finca, hubiera utilizado un cuchillo, pero no se hubiese limitado a golpearle con la culata de la escopeta. Ha dicho Merge que en el delito de resultado se atiende a la total realización típica exterior... Por ello el resultado comprende tanto la conducta corporal del agente como el resultado externo, causado por dicha conducta. En el caso base del recurso iniciado por el disparo de lin arma en un momento de ofuscación producido por la presencia de Montoya, autor de cuantos hurtos y rapiñas se venían realizando en el naranjal de las Espartaleras, pudiera decirse que existe un desistimiento voluntario de matar, si es que se acepta que en fecto se proponía el agresor privar de la vida al agredido. Se hace el disparo, y a continuación el agente renuncia a la ejecución de la acción que se propuso. Y golpea... ¿Por terror? ¿Por arrepentimiento? ¿Por- repugnancia moral o física al crimen que iniciara? ¿Por desencanto en orden al beneficio que la agresión le reportara? No lo sabemos; pero es indudable que existe aquí un desistimiento puesto que el procesado no quiere llegar, aunque pudiera hacerlo, al fin que se había propuesto... No demostrada pues la intención de matar que la Sala de Sevilla descuenta en la sentencia recurrida- -en la duda había que indicarse a favor del acusado- -nos encontramos- -agrega el Sr. Salazar ante un delito de lesiones del artículo 423 del Código penal- -infringido por falta de aplicación- y como también se infringe al aplicarlo indebidamente el 413 que castiga el delito de homicidio, estimamos que debe casarse la sentencia dictada por la Audiencia de Sevilla, reconociendo, como se hace en el voto reservado, que oportunamente hubo de formularse, que el hecho origen del proceso no es otra cosa que un delito de lesiones, y que como tal debe sancionarse. Él fiscal, Sr. Romero de Tejada, se opuso al recurso, brevemente. -MANUEL TERCERO Posesión de magistrados En la Audiencia territorial se posesionaron ayer de sus cargos los magistrados Sres. González Llana, Pérez Rodríguez, Ortiz Casado, Arguelles, Gordillo y Senent. Los tres primeros ejercerán susr funciones en la Audiencia, y los Sres. Arguelles, Gordillo y Senena regentarán los Juzgados de primera instancia e instrucción, números z, 7 v. I 9 respectivamente. a n t i a r- t- rí 11 e o se expense en frascos (té triple cabida para una cura completa

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