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ABC MADRID 27-06-1935 página 30
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ABC MADRID 27-06-1935 página 30

  • EdiciónABC, MADRID
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A: B C. JUEVES 21 DE JUNIO DE 1935- EDICIÓN DE LA MACANA. PAG. 30 te afectados, resulten, las diversas mercan- cías incluidas en las mismas, gravadas en. términos- insuficientes o excesivos, debiéndose asignar en tales casos los derechos que correspondan. La facultad otorgada por esta autorización, sólo podrá ser ejercitada durante el plazo de tres años, contados a partir de la fecha de la promulgación de la presente ley. c) Para elevar con carácter transitorio en las partidas, que convengan al interés nacional la segunda tarifa del arancel por medio de coeficientes fijos ó porcentajes, manteniéndolo en todo o en parte al celebrarse los. Convenios de Comercio, según corresponda a la reciprocidad de nuestras relaciones comerciales con los demás países. 1 d) Para limitar y: prohibir- en- tárajinos de. justa reciprocidad o adoptar las disposiciones pertinentes con aplicación solamente a la importación de mercancías que sean originarias ele aquellos países que a su vez tengan limitada por su régimen comercial sanitario o. aduanero o- hagan objeto de un trato especialmente perjudicial la importación de. productos españoles de interesante o típica exportación. Art. 2 El ministro de Industria y Comerció, for. mulará en cada caso ante el Consejo de ministros las propuestas á que puedan dar lugar, las autorizaciones contenidas en el artículo, precedente. Las incluidas en los apartados a) b) ye) requerirán para, su aplicación el: dictamen previo de las Comisiones arancelarias respectivas. Toda disposición que se dicte en cuanto signifique modificación de la nomenclatura y tarifas arancelarias habrá de ser precedida 4 el estudio de los servicios técnicos de política arancelaria afectos al ministerio de Industria y Comercio. La propuesta sé formulará por éstos cuando, se produzca en, uso de las autorizaciones comprendidas en los apartados a) b) y c) y. por la Comisión interministerial de Comercio exterior cuando sea motivada por las circunstancias a que se refiere el apartado b) Los derechos arancelarios que con arreglo a los, distintos conceptos contenidos en la presente ley hayan sido modificados, no podrán ser objeto de nueva variación dentro del, plazo de los tres años subsiguientes a la indicada modificación, a menos que la variación se disponga mediante ley votada. en. Cortes. Art. 3. Servirán de base a la fijación dé lps derechos de Arancel los: valores arancelarios obtenidos conjugando los valores estadísticos o extranjeros con el coste de la producción nacional. El valor estadístico vendrá integrado tx r el precio de. la mercancía extranjera en factura con agregación dé los gastos de transporte, seguro y comisión, hasta el puerto o, frontera, entendiéndose por precio de. factura el corriente de venta al por mayor al comercio en general en el interior de los países originarios pi oductores. Por valor arancelario se entenderá el resultado de la. comparación entre el valor extranjero o estadístico, definido anteriormente, y el costó nacional que constituye uno de los elementos que han de integrar el. valor oficial de la mercancía a los efec: tos arancelarios. La- determinación del valor arancelario se regulará con arreglo a las normas siguientes Cuándo el coste nacional sea inferior. al valor extranjero se adoptará este último como valor arancelario. La valoración extranjera o estadística, así como el coste de la producción nacional se determinarán y cotnprobarán con arreglo a lás normas, que. sobre el- -particular sé dicten, reservándose al ministerio de Industria y. Comercio la, -facultad de asignar los valores oficiales que! estime más adecuados, en el caso de que se carezca de, datos. CUESTIÓN ES Y NOTICIAS Los nuevos médicos militares Como resultado de los ejercicios de oposión verificados recientemente en la Academia de Sanidad Militar, se ha resuelto por el ministerio; de la Guerra nombrar alféreces- médicos alumnos de dicho centro, de enseñanza a los 29 opositores siguientes: Don Mateo. Larráudi, D. -Miguel Martín ibáñez, D. Juan Vargas, D. Francisco Viñuelas, D. Julio Lppez Estévez (carabinero) 1 D. Aurelio Martín Labórda, don Luis Süárez Carreño, D. Jerónimo Pou, don Julio Ayala, D. Luis Puig, D. Juvéncio Campos, D Francisco Canella, D. Fernando Bertuchi, D. Antonio Rizo, D. Juan Gómez López, D. Vicente 1 López Coterilla, D. Pablo Gómez Horrilló, D. Ángel Alique D. Eugenio Domínguez, D. Francisco García Conde, D. José García Fernández de la. Granda, D. Cándido R. Pascual, D. Enrique Ballester, D: Luis Pérez F adón, dpn Ricatdó Anón, D. ¡Emilio. García Amilibia, D. Angd Pelarda, D. Antonio Vila y don Nicolás Loscertales. África número 1, Sán Férnando; ídem ídem 2, Las Navas; ídem íd. -3, Melilla; ídem ídem 4, Lleréna ídem íd. 6, Ceriñola; ídem ídem- 7, Ceuta; ídem 1 íd. 8, Serrallo. Nombres que se proponen para los Regimientos de Caballería: Regimiento námeró, 1, Castillejos; ídem. íd. 2, CalatraVaj ídem id. 3, Villarrobledo; ídem íd. 4, E s paña; ídem íd. 5, Farnesio; ídem íd. -6, Numancia; ídem, íd. 7, Lusitania; ídem íd. 8, Taxdír; ídem íd. g, Santiago j ídem íd. 10, Montesa. E L ATRAC O E N T E TUAN DE LAS VICTO RÍAS D Q S pistoleros disparan sobre dos mujeres y una de ellas resitlfe muerta y lá otra gravísimamente herida. Los pistoleros se Heva rón 90 pesetas Cuando, el coste nacional sea superior al extranjero en cantidad que ño exceda del 10 por 100, se tomará ef coste nacional como único tipo de valoración arancelaria. Cuando e! coste nacional exceda al valor extranjero er. más del 10 por xoo se íon iárá cofr- o valor arancelario el promedio- entre ambos valora. Próximamente a las diez y media de ía noche del rnai- tes se registró un atraco en el lugar denominado Huerta del Bayo, del barrió de- las Latas (Tetuán de las Victorias) Los autores del hecho dispararon sobre dos inde fen. sas. mujeres, matando a una de ellas- é hiriendo grayísimamente a. la otra. En una tienda de co mestiblesV situada en el. njenciDná do ¡punto, se hallaban cenando el propietario, Tomás Irábe. dra; su espbsái Orenciana Hernández Valle, y una sobria Nuevo gráfico de orgíinización na llamada... Ampár. o Tras Irabedra, -De in? provisó hicieron irrupción en el local dos militar armados de, pistolas. Llegaron El. comandante de Estádp Mayor. D. Jo- sujetos, trastienda, adonde encontrábansehas ta. la: las sé María. dé- Viu, ha. publicado un nueyo personas citadas, y conmináronlas a. colocar gráfico dé. Organización militar, de gran las líiahoS en. alto. Luego, dirigiéndose a Toutilidad para, conocer en todo. nipn- iento- la le pidieron situación, comfiosición y numeró: de- las dis- más- Irabedra, les dijo que cuanto, dinero tuviera; Tomás el negocio. apenas ti 1 ritasiguarni, cipnes de la peilkisulaj islas ad- le daba, para subsistir, y entonces u n a de los yacentes y territot ¡os de soberanía y pfb- atracadores abrió el, cajón del mostrador, téctorado de África; apoderándose dé 25 pesetas, qus. en el misSe trata, de un plano de España en tri- mo había. cornia, en el: que en torno a cada capital, o Entonces los atracadores insistieron ert p. oblación con guarnicióri militar; rigtirañ, por medio de claro- s signos cdnvéhcionaíes, que. querían más dinero. asegurando que salas distintas unidades, armadas y déñiás. cen- bían que el matrimonio contaba con algunos ahorros. Tomás lo negó rotundamente, tros; de carácter niÜitar a ellas afecta. y los dos pistoleros comenzaron a registrar los Los nuevos nombres de los regi- todas, las estancias, destrozando de paso nomuebles: Én un cajón da una mesilla dé mientos clie de la. alcoba hallaron otras 63 pesetas, dé las cuales se apoderaron también. CuanH e aquí l o snombres para los Regimientos: t do ya- iban, a abandonar la tienda, Orenciana Hernández. Vallé, indignada, dirigióles al infantería, -T egiiminto IÍÚIMCÍ O i, Wá dRas; ídem íd. -2, Lepaíjto; ídem íd. 3, Mi- gunos insultos. Uno de los pistoleros dijo lán; ídem íd. 4, Tarifa; ídem id. 5, Ara- entonces; dirigiéndose al otro: Ya que no tienen dinero, dale El otro atracador, disgón; ídem íd. 6, León; ídem, íd. 7, Qtuiiiparo sobre la desventurada mujer, que subá; ídem id. 8, Zamora; ideiM íd: 9, Granada; ídem. íd. j o Badajoz; ídem íd. i.i, -Ca- frió una herida de carácter gravísimo. narias; ídem- íd. 12, Zaragoza; -ídem id. 13, Ya en la calle, asomóse a la puerta, al ruido de las detonaciones, la dueña de. una tahona, que se llama Manuela. Jiménez. El misiiio pistolero que antes hablara dijo, a su acompañante, A ésa dale también El ídem id; ig, Galicia; íderji jd. 20, a dolid; ídem id. 21, Argel; ídem id. 22, Ge- -otro pistolero disparó sobre Manuela, que roña. ídem id. -23, Valencia; ídem id. 24, quedó muerta en el acto. Bailen; ídem- id. 25- Albufera; -ídem id. 26, Los atracadores, después de cometido el La Victoria; ¡íden id. 27, Cádiz; ídem ídémi; iiidignaaite crimen, huyeron velozmente. To 28, Palma; ídérjn id. ¿g, Mérida; ídéniid. ¿o, más Irabedra, ayudado por otras persoS. an Marcial; ídem. id. 31, Covádoiiga ídem- nas, procedió a auxiliar a su esposa y a ídem 32, San Quintín; ídem id. 33, Séla dueña de la tahona. Ambas fueron traslavilla; ídem íd. 34, Alcántara; ídem id. 35, dadas, a la Casa de Socorro sucursal del; disToledo; ídem- id; 36, Burgos; ídem íd. 37, trito de Chamberí. Los médicos de guardia Tenerife; ídem íd. 38, Vizcaya; ídem ídem se limitaron a certificar la defunción de Ma 39, Baleares, nuela Jiménez. Esta desventurada mujer se encontraba en el noveno mes de gestación. Npiwbresj. que. se. proponen, para los BaEn cuanto a Orenciana Hernández Valle tallones independientes de dicha Arma: fue asistida de una herida de carácter graBatallón de- Montaña. numera 1, Sicilia vísimo, situada en el hipocondrio derecho. ídem id. 2, Asia; ídem íd 3, Chiclaha; ídem ídem 4. Garellario; ídem íd. 3. -M adrid; La Policía comenzó inmediatamente la ídem íd. 6. Ciudad. Rodrigó; idehi id. 7, Ara- práctica ele gestiones eri busca de los autopües; ídem id. 8, Flandés; ídem Cazadores res de! atraco, 1

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