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ABC MADRID 15-04-1931 página 27
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ABC MADRID 15-04-1931 página 27

  • EdiciónABC, MADRID
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A B C MIÉRCOLES 15 DE ABRIL DE 1931. EDICIÓN DE LA MAÑANA. PAG. 27. departamentos se preparará con urgencia un indulto general, que reduzca la severidad de las condenas y haga partícipe a la población penal de la satisfacción del país. Dado: en Madrid, a 14 de abril de 1931. El presidente del Gobierno de la República, Niceto Alcalá Zamora y Torres. individual, al discernimiento y sanción de las Cortes Constituyentes- órgano. supremo y directo de la voluntad nacional llegada la hora de declinar ante ella sus poderes. Segundo. Para responder a los justos e insatisfechos anhelos de España, el Gobierno provisional adopta como norma depuradora de la estructura del Estado someter inmediatamente, en defensa del interés público, a juicio de responsiúllidad, los actos de gestión y autoridad pendientes de examen al ser disuelto el Parlamento en 1923, así como las ulteriores, y abrir expediente de revisión en los organismos oficiales, civiles y militares, a fin de que no resulte consagrada la prevaricación ni acatada la arbitrariedad habitual en el régimen que termina- Tercero. El Gobierno provisional hace pública su decisión de respetar de manera plena la conciencia individual mediante la libertad de creencias y cultos, sin que el Estado, en momento alguno, pueda pedir al ciudadano revelación del sus convicciones religiosas. Cuarto. El Gobierno provisional orientará su actividad, no sólo en el acatamiento de la libertad personal y cuanto ha constituido en nuestro régimen constitucional el estatuto de los derechos ciudadanos, sino que aspira a ensancharlos, adoptando garantías de amparo para aquellos derechos y reconociendo como uno de los principios de la moderna dogmática jurídica el de la personalidad sindical y corporativa, base del nuevo derecho social. Quinto. El Gobierno provisional declara qué la propiedad privada queda garantida por la ley; en consecuencia, no podrá ser expropiada sjno por causa de utilidad pública y. previa la indemnización correspondiente. Mas este Gobierno, sensible al abandono absoluto en que ha vivido la inmensa masa campesina española al desinterés de que ha sido objeto la economía agraria del país, y a la incongruencia del derecho que la ordena con los principios que inspiran y deben inspirar las legislaciones actuales, adopta como norma de su actuación el reconocimiento de que el derecho agrario debe responder a la función social de. la tierra. Sexto. El Gobierno provisional, a virtud de las razones que justifican la plenitud de su poder, incurriría en verdadero delito si abandonase la República naciente a quienes desde fuertes posiciones seculares y prevalidos de sus medios, pueden dificultar su consolidación. En consecuencia, el Gobierno provisional podrá someter temporalmente los derechos del párrafo cuarto a un régimen de fiscalización gubernativa, de cuyo uso dará asimismo cuenta circunstanciada a las Cortes Constituyentes. -Niceto Alcalá Zamora, presidente del Gobierno provisional; Alejandro Lerfoux, ministro- de- Estado; Fernando de los Ríos, ministro ele Justicia; Manuel Asaña, ministro de la Guerra; Santiago Casares Quiro. qa, ministro de Marina; Miguel Maura, ministro de la Gobernación; Alvaro de Albornos, ministro de Fomento; Francisco Largo Caballero, ministro de Trabajo. i Ha tomado el mando de la guarnición el ¡general López Ochoa, e interinamente de la Alcaldía el Sr. Company. En Málaga hubo algunos incidentes, como derribo de estatuas y ei asalto a una tienda, pero sin importancia. Las órdenes del Gobierno- -añadió el señor Maura- -son inexorables en el mantenimiento del orden si se asaltan las propiedades, y en ese camino no nos ganará nadie; pero de gran tolerancia para las manifestaciones de júbilo populares. Y ahora quiero decir a los representantes de la Prensa que éste es un régimen de libertad, pero que las informaciones tendenciosas o las noticias tergiversadas tendrán una sanción fulminante, porque todo régimen que nace hay que respetarlo para que se consolide en bien del país. Añadió el ministro que los gobernadores han resignado en los presidentes de Audiencia, excepto en Córdoba, donde el pueblo aclamó al catedrático D. Antonio Jaén; en Sevilla, donde interinamente ha sido nombrado el catedrático Sr. Sicilia, y en Salamanca, donde ha ocupado el Gobierno, también interinamente, el Sr. Castro Carrasco. La lista de gobernadores, íntegra, será facilitada mañana. Confirmó que han sido designados D. Rafael Sánchez- Guerra, subsecretario de la Presidencia; D. Manuel Ossorio, subsecretario de Gobernación, y el Sr. Gordón Ordax, de Fomento. Dijo también que era cierta la noticia de haber sido designado jefe de la guarnición el general Ruiz del Portal; gobernador civil de Madrid, el señor Ortega y Gasset, y alcalde, D. Pedro ¡Rico. Respecto a los Ayuntamientos, dijo que se posesionarán todos, incluso los monárquicos, y aquéllos en que éstos han obtenido mayoría, excepto Cádiz, donde hay una querella contra el gobernador, y será nombrado un concejal por cada distrito hasta que haya nueva elección o una revisión de la pasada. Terminó diciendo que él recibirá todos los días a los representantes de la Prensa para tenerlos al corriente de las noticias. Declaración ministerial Esta madrugada fue facilitada en el ministerio de la Gobernación la siguiente declaración ministerial El Gobierno provisional de la República española tiene la seguridad absoluta ele que las fuerzas sociales y políticas que han colaborado en la implantación del nuevo régimen habrán. de mantenerse en la más absoluta disciplina, y dé ello depende el prestigio y la suerte de la República. Son muchos los que ansian mermar el prestigio de la República que nace. Por eso, el Gobierno tiene la seguridad plena de que quienes le dieron el Poder colaborarán esforzadamente por fortalecerle. Respecto de ios elementos sociales adversos, hasta hoy, a lo que representa la República, el Gobierno espera que sabrán comprender la inmensa trascendencia que en esta hora grave ha de tener para el porvenir de España la conducta que en las actuales circunstancias observen. Hemos comenzado a trabajar con ahinco, a fin de crear un ambiente de justicia y respeto desconocidos hasta hoy en nuestra España, e inspirado en es e empeño el Gobierno ha redactado: Primero. El decreto 1 de nombramiento del presidente del. Gobierno provisional. Segundo. El de los ministros. Tercero. El Estatuto jurídico. Cuarto. El decreto de amnistía. Quinto. El decreto de creación del ministerio, de Comunicaciones. El nuevo Estatuto jurídico déla República Dice así: El Gobierno provisional de la República, al, recibir sus poderes de la voluntad nacional, cumple con un imperioso deber político al afirmar ante España que la conjunción representada por este Gobierno no responde a la mera coincidencia negativa de libertar a nuestra Patria de la vieja estructura ahogadiza del régimen monárquico, sino a la positiva convergencia de afirmar la necesidad de establecer como base de la organización del Estado un plexo de normas de justicia necesitadas y anheladas por el país. El Gobierno provisional, por su carácter transitorio de órgano supremo mediante el cual ha de ejercer las funciones soberanas del Estado, acepta la alta y delicada misión de establecerse como Gobierno de plenos poderes. No ha de formular una carta de derechos ciudadanos, cuya fijación de principios y reglamentación concreta corresponde a la función soberana y creadora de la- Asamblea constituyente; mas como la. situación de pleno poder no ha de entrañar ejercicio arbitrario en las actividades. del Gobierno, afirma solemnemente, con anterioridad a toda resolución particular y seguro de interpretar lo que demanda la dignidad del Estado y el ciudadano, que somete su actuación a normas jurídicas, las cuales, al condicionar su actividad, habrá de servir para que España y los órganos de autoridad puedan conocer, así los principios directivos en que han de inspirarse los decretos, cuanto las limitaciones que el Gobierno provisional se impone. -En virtud de las razones antedichas, el ¡Gobierno declara: Primero. Dado el origen democrático de su poder, y en razón del responsabilismo en que deben moverse los órganos del Estado someterá su actuación, colegiada e Otras designaciones Según nos han manifestado, será nombrado fiscal del Tribunal Supremo D. Ángel Gal. arza. Al Gobierno civil de Toledo irá D. José Semprún Gurrea; al de Barcelona, D. Ignacio Giralt, y al de Valencia, D. Vicente Centeno. La bandera republicana en Palacio El Sr. Saborit anunció en la sesión municipal de anoche que se iba a proceder anoche mismo a colocar la bandera republi- cana en el Palacio Real. El Sr. Maciá proclama el El ministro de la Gober- Estado catalán y se erige nación declara que el or- en presidente de la República catalana den será mantenido inexorablemente en los asaltos Ene Ayuntamiento Barcelona 14, 3 tarde. Esta mañana cira las propiedades culó el rumor de que S. M. el Rey había A última hora de la madrugada el ministro de la Gobernación, Sr. Maura, recibió a los periodistas y les hizo las siguientes manifestaciones: -En toda España reina tranquilidad, salvo en Barcelona, donde hubo pequeños incidentes antes de que tomara posesión el Gobierno. abdicado, y con este motivo se formó una manifestación en las Ramblas, que se dirigió hacia el Gobierno civil, siendo disuelta en las proximidades de la plaza ele Palacio y practicándose algunas detenciones. Alrededor de la una y media de la tarde un grupo de concejales electos, capitaneados por los Sres, Companys y Lluhi, se presen-

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