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ABC MADRID 24-05-1929 página 15
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ABC MADRID 24-05-1929 página 15

  • EdiciónABC, MADRID
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MAY O; -DE 1929 NUMERO. SUELTO 10 C F N T S -H VF V JU J X J ¿3 DÍA DO. RIO ILUSTRA AÑO. W H? P í ¿agáir 5 S 1 M o o N. K 239 i lr. DATO NUEVO SOLA NACIONALIE S P A Ñ O L A DE VI G Éu 1 NT Ó SÚ D FUNDADO EL i. DE JUNIO DE 1905 POR D. TORCUATO LUCA DE TENA do- -dice- -4 á ley orgánica 1 3 para, -los- Comités provinciales del trabajo y de- la propiedad. Lo mejor sería que ésta: labor: se desarrollase sin referencias o notas. inf ormáti. va, -que, por lo incompletas, más bien desorientan que ofrecen idea de lo que se pre. párá. Pero ya que; se dan deunjiiodo más ó menos oficioso, valdría la. pena. de que reflejasen las deliberaciones o, cuando menos, la parte fundamentar de, las ponencias, que vaya ordenando la aprobación. De todos modos, nos parece obligado: que se publique una síntesis suficiente cuando ese organismo concluya su proyecto de ley que, -en definitiva, digámoslo hablarido. con propiedad, no- puede ser más- qué unr anteproyecto, simplemente una ponencia total: para el Gobierno, o para el ministro. Pero auji. no temiendo otro carácter ni valor- constitucional y oficial, esperamos que se ofrezca al exaiñende todas las partes interesadas mediante, infotmacíones amplias y detenidas. La Comisión mixta tiene toda la autoridad ministerial que se, lé quiera. -dar, y la que suman las entidades representadas; pero la materia es irtiportantísima y, vale la peña de no. descartar. a muchas factores, incluso los dispersos, que rio estén o no. quieran verse representados, ¡en los votos. corporativos. Se ya a crear una institución ¡provincial de jurisdicción y fallo unicos; en cada provincia; esa institución va. a comprender la 1 actividad (el trabajo y el dominio útil y aun áe raíz (la propiedad. v i El primero: está, o- debe estar, en él CóCígo del Trabajo; la segunda está en el Có 3i go civil. ¿Hasta dónde y cómo llegará en su fuero eí Comité? El concepto jurídico moderno: sobre el aprecio déhtrabajo. y los límites de la propiedad en lo- pasivo- y en Ib. abusivo abre horizontes a los. que el Estado debe, acudir con la reforma. No somos sospechosos, porque hemos- aplaudido muchas veces- esafdoble orientación, -equitativa- -y? ética. Has no- puede negarse quería mate- ría es trascendente: en el orden social, y que del tino y de la. prudencia con qué se, aborde depende la- consolidación y eficacia del éxito Si: el modelo- para el- Comité provincial; del agro es el que permite los endosos dé, facultades de los Poderes y la función- ajena, a- la directa y responsable- del verdadero intervencionismo del Estado, habrá mucho que alegar y contradecir. No aducimos prejuicio, sino precaución. Y, en sunia, -loque- opinamos es llano y razonable: que no se vaya- directa y alegremente a legislar por i decreto sin el famiz de un; debate, severo. y público. -Primero, la apertura- de una- sosé: gadá información ciudadana jNo, se- desea y es un buen deseo; alentar el- ejercicio- ciudadano. Pues que la informacion- no; exija otro título: que no se. reduzca a votosvcor: pprativós. Luego, la Asamblea. Ya- sabemos que: la Asamblea rio- es legislativa; pero- íes j ún Cuerpo deliberante- y, por: su fundación, consiiltivo. Después, que el Gobierno, todo el Gobierno en su 1 saber y- reflexión, de- cida si esos futuros Comités, con lamodali- dad de provinciales, no ya de interlocal. es, deben: ser o rio d. eben ser la segunda edición de los otros, sobre los cuales hemos hablado varias veces, y, aún no hemos hecho punto fióL LOSv- COMITÉS AGRA- UN BRE Anda- estos- días atareadla; -Comisión DAD mixta; de Corporaciones agrarias preparan- Uno de los más eruditos y afortunados investigadores de ía nacionalidad española de Colón, D. Prudencio Otero, continuador del benemérito D. Celso García de la Riega, ha conseguido añadir- al caudal ya copioso y brillante de su tesis alguna documenta. ción interesantísima, en la que figura, como de más relieve, un instrumento notarial de que nos remite la copia, que a continuación de estos carra ios van a conocer los lecto- res de A B C. El Sr. Otero sigue ahora, con fundada esperanza, el rastro de otros papeles notariales, -de los que se- promete la mayor eficacia demostrativa. El tema, siempre grato al patriotismo, recobra todo su interés cuando. el portentoso Certamen de Sevilla contribuye a la exaltación del hispanoamericanismo. La gloria exclusiva de España en el des- cubrimiento y en la civilización del Nuevo Mundo es indiscutible; no tiene contradictores, y nunca la hubiera disminuido el detalle de la nacionalidad de Colón. El concurso que abrió A B C para que ni en ese punto quedase nada que discutir al triunfo de la raza no dio, a juicio del Jurado internacional, el resultado concluyeme y definitivo, la demostración absoluta que deseábamos, pero robusteció considerablemente la prueba indiciaría de la nacionalidad española de Colón y, sobre todo, apuró victo- riosamente la. impugnación de la tesis genov. esa, siempre adolecida de contradicciones y lagunas, y hoy completamente desechada. El. último, estudio, muy; notable por cierto, publicado sobre la cuestión es el del académico Beltrán y Rózpide. Demostrado cumplidamente que el humilde muchacho cardador a que se refieren los documentos de Genova no pudo ser el geógrafo y nautacultísimo qué dirigió- la empresa de. scubr. i- dora por España- -y- para España; -con re- cursos y- horríbrés: selectos de España, todas las- investigaciones, incluso las de eruditos extranjeros, V van orientadas a. la tesis es pañola; Troit. iño, que. también, compra y seLháyai- presente vecino de la- féligresia. de S. B. ar- tolomé de pereira. jurisdicion de montes que también compra para si y los suyos y a sa ber lo que el primero le- vende y da en ést i dicha vente Real y perpetua la- heredad llamada puntada sita en porto, santo de- Royí destinada a labradío, biñedb Robleda y piñal- con su casa de- cuartos bodega lagar y cua- i dra. linda Norte muro paciente y medio diá rio que la separa- poniente- muro ry arroyo lleba a sembradura t: ciento diez ferrados poco, mas órnenos íamíjien le. vende el dé- recho a psrcibir las rentas que en dichai casa se cobran, y, de todo ello le entrega; las escrituras que- lo contienen y le pertenecen al Excmo. Sr. Daque de B- erágua pot: herencia de sus finados padres todo lo re- lacionado vende- y. da. en esta dicha. venta! Real y perpetua ai; Dri. Francisco Troitiñoi con todas sus entradas y salidas: aguas, de riego y libres de toda carga real. ni otras, pensiones en precio de tuarénta y ocho ¡mil reales de vellón que entrega en; este acto el comprador al vendedor: a la pressncia de mi Escribano y testigos y de la éspresadat 1 cantidad le. otorga i- efcibo y carta de pago lisa y llana. de qué certifico, confesando como confiesa. querías referidas heredades no valen mas ni menos y, en el caso que haya alguna rúayór, ia levfj, ace Grácia y. donación perpetua: e yrebocáble tcídólel que tiene po- dia aber y tener. a o qué lleva vendido se; aparta y a sus: herederos y lo cede renuncia. y transfiere en- el cómprádbr; ó en los suyos con. o mejor le cb riBeriga Jy cómo, autoridad de Justicia pueda tornar, la; posesión Real y personal y se constituye en precario: poseedor y se obliga con su persona- y biénés que lo que lleva vendido lo sera cierto- y: el comprador acepta; lá vente hecha- a su favor y para que- mejor se, cumpla dieron to- dos su poder, a las- Justicias cfé! S. -M. como si por. esta carta, y lo: enreI: la; CQntenidó fuese sentencia defenitiva. de v Juez; competente pasad una cosa rjuzgada- y renuncias a- to- das Ley es de. su- favor, y la que: lbs proliií 2 asi. lo dicen y otorgan siendo testigos de presante- -Juan Garreifa Rooue do. í: Santo Antonio Bueno y Francisco Ferros vecinos de esta p. a y de todo ellr certifico. -rYo- el Du oüe; -Franci seo Troitiíío. -ante- mí Antonio Tome. El documento, cuya copia; nos remite. el Sr. Otero y que reproducimos con- la. or- tógrafía del original, es una escritura. otpr- gáda a- finesa de) siglo xyin por ún duque de V- eraguai. -vendiendo u n a hereda d sitúa- da en el lugar de Pprto Santo i de: ¡Poyo, tantas- veces! citado en las investigaciones 1 de: García- de- la. Riega. La escritura con- signa el -origen; beredi. tarÍQ. director de los Restes decretos- de- Presidencia y bienes veiiclidos, incluye en la venta a A s u n t o s E x t e r i o r e s cesión dé. deíechb S censuales, -percibos- ds hk. Gaceia publica los siguientes: rentas, que atestiguan el- abolengo patri. Concediendo la banda dé la. Real ordéií tnoniai dé. las tierras y censos enajenados. Prueba: dfe que; la fámilia Colón radicabaMé de. la Rei na María- Luisa a doña Carmen antiguo con patrirnónip señorial en los lu- Xi fré- y Chacón, condesa- de Campo Alegré, gares donde García 5 de lá Riega. señala el- y la gra- ni cruz dé la Orden del Mérito Civil a- D. Bonifacio Soriano López y a D. José nacimiento del Descubridor. i Dice asíla; escritura: d e- L a r a Nombrando comisario de España en iai En. Bandeira jur- isdicion der. Irardeza. a Cpmisióri permanente; de Conciliación quá. cinco dias del mes de- Mayo. de mil séteciéri- prevé el artículo -3. del- Tratado, general de tos noventa- y seis, por ante mí Escr. y testigos que a lo ultimó serán señaíados per- j sórialmente constituidos de una- parte- el- Excino. Duque de Beragüa y Dijo. que ies- j Arreglo, jjjdicial, firmado entre España e de hoy dia- de la fecha y para todo de siem- j Italia, y en la del Tratado general de. Conpre jamás por S! y sus herederos, vende y cijiación- y Arreglo, judicial, firmado entre da en yeute Real gerpetüa a D. Francisco ¡España y Suiza, a í) José Yangu ás Mes- Cl OKES Y POIJJICAS

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