ABC CORDOBA 15-06-2018 página 39
- EdiciónABC, CORDOBA
- Página39
- Fecha de publicación15/06/2018
- ID0006778019
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ABC VIERNES, 15 DE JUNIO DE 2018 abc. es espana ESPAÑA 39 Los jueces avalan el veto a las esteladas en la final de la Copa El tribunal rechaza la primera sentencia y prioriza el derecho a la seguridad ciudadana CARLOS HIDALGO MADRID La decisión de prohibir la entrada de esteladas en la final de la Copa del Rey de 2016 fue ajustada a derecho. Así se desprende de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que falla en sentido contrario a lo que determinó el juzgado de lo Contencioso- Administrativo número 11, que establecía que aquella medida iba en contra de la libertad de expresión e ideológica de los independentistas catalanes. Sin embargo, en esta resolución, de 28 de mayo y a la que ha tenido acceso ABC, se considera que esos derechos no son ilimitados y que había que calibrarlos con respecto al riesgo potencial de que se pudieran producir altercados públicos y afectaran a la seguridad. Aquel partido entre el Sevilla y el Barcelona, de hecho, fue declarado de alto riesgo. La Sección Décima de la Sala de lo Contencioso- Administrativo del TSJM se ha encargado de revisar los recursos interpuestos por la Abogacía del Estado y la Fiscalía contra aquella primera sentencia, de julio de 2017. Por un lado, el primer apelante sostenía que la de- legada del Gobierno en Madrid, Concepción Dancausa, no había dado la orden expresa de prohibir la entrada de banderas independentistas en el Vicente Calderón aquel 22 de mayo de 2016. El fallo inculpatorio hablaba de que, aunque no obraba copia, estaba acreditada esa orden (de no introducir materiales de propaganda política que generaran controversia en un acto administrativo verbal, público y notorio. Reuniones de coordinación Sin embargo, la Abogacía del Estado explica que lo que existieron fueron varias reuniones de coordinación previas al encuentro, como es habitual en partidos de esas características. Y en la tercera de ellas fue la Real Federación Española de Fútbol quien propuso vetar las enseñas secesionistas. Y a todas las partes presentes (Delegación del Gobierno, representantes de la Casa Real, Policía, Atlético de Madrid, Presidencia del Gobierno, seguridad del partido, emergencias... les pareció bien apoyar la medida. Por eso, según ese recurso, las declaraciones realizadas por Dancausa no constituyen prueba de una orden verbal, concreta y específica dirigida a las Fuerzas de Seguridad; careciendo de efecto jurídico, porque no se concretaron en eventuales actuaciones para impedir la entrada en el estadio a quienes portasen esas banderas Es decir, que la delegada del Gobierno en Madrid no adoptó ninguna meLa Policía registra a los aficionados del Barça antes de la final de Copa EFE Torra reabrirá cinco embajadas Ernest Maragall, consejero de Acción Exterior, Relaciones Institucionales y Transparencia, anunció ayer que el gobierno catalán de Torra potenciará la delegación autonómica ante la UE (en Bruselas) la única que el Gobierno de Mariano Rajoy no cerró, y reabrirá en dos o tres semanas las de Washington (EE. UU. Londres (Reino Unido) Roma (Italia) Berlín (Alemania) y Ginebra (Suiza) dida adicional a las acordadas en la reunión Corresponde a los organizadores del evento la elaboración de protocolos de seguridad, prevención y control, un reglamento interno del recinto deportivo y un plan individual de riesgos por lo que no compete a la Delegación del Gobierno dictar órdenes en ese sentido. Sobre todo este primer asunto del recurso, el TSJM no da la razón a la Abogacía del Estado. Donde sí lo hace, y esta es la cuestión mollar, es en la confrontación de derechos fundamentales. Si bien la jurisprudencia y la propia Carta Magna establecen y protegen, como se sabe, las libertades ideológicas y de expresión, la sentencia impugnada no baremaba ese enfrentamiento con el peligro para la seguridad y orden público.