ABC CORDOBA 20-04-2018 página 55
- EdiciónABC, CORDOBA
- Página55
- Fecha de publicación20/04/2018
- ID0006762579
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ABC VIERNES, 20 DE ABRIL DE 2018 abc. es conocer SOCIEDAD 55 El Constitucional defiende que los colegios recojan en su ideario la educación diferenciada Los jueces sostienen que la asignatura de Religión respeta la neutralidad del Estado PALOMA CERVILLA MADRID La educación diferenciada por sexos forma parte del derecho de los centros privados a tener su ideario y la existencia de una asignatura de Religión es respetuosa con el principio de neutralidad religiosa del Estado. Estos son los dos principales argumentos del Tribunal Constitucional para tumbar, en su integridad, el recurso del Grupo Parlamentario Socialista contra 14 artículos de la Lomce, presentado en marzo de 2014. La sentencia dictada ayer por el TC ocho votos a favor y cuatro en contra cierra definitivamente el debate sobre tres cuestiones de esta polémica ley: la financiación pública de la educación diferenciada por sexos, que los profesores, padres y alumnos puedan intervenir en el control y la gestión de los centros subvencionados; así como que se equipare la enseñanza de la asignatura de Religión con la de Valores Culturales y Cívicos y Valores éticos. Los argumentos de este tribunal son contundentes. En relación a la primera cuestión, asegura que la educación diferenciada por sexo es un modelo educativo que, en sí mismo, no causa discriminación. Como método pedagógico, forma parte del derecho del Ríos, María Luisa Balaguer Callejón, Fernando Valdés- Ré y Cándido Conde- Pumpido) educar en aulas diferenciadas excluye a las personas intersexuales En este sentido, Xiol Ríos considera que cualquier normativa basada en el prejuicio de la dualidad sexual provoca un efecto inmediato de exclusión total de aquellas personas, como los intersexuales, que no pueden ser identificadas con ninguno de estos dos sexos. Todo ello le lleva a afirmar que, excluir con carácter absoluto a las personas intersexuales vulnera la Constitución Sobre la equiparación que la Lomce hace de la asignatura de Religión con la de Valores Culturales y Cívicos Valores Éticos, el TC considera que esta medida es respetuosa con el principio de neutralidad religiosa del Estado, porque no implica valoración alguna de las doctrinas religiosas y, al mismo tiempo, garantiza el derecho de los padres a que sus hijos reciban formación religiosa y moral, de acuerdo con sus convicciones Contra la aconfesionalidad Para el magistrado Valdés Dal- Rei, apoyado por Conde Pumpido, que votaron en contra, el diseño de las enseñanzas religiosas como alternativa a las asignaturas de valores sociales y cívicos y valores éticos, vulnera el deber de neutralidad religiosa Igualmente, Xiol Ríos sostiene que la regulación de la asignatura de Religión es contraria al principio de aconfesionalidad del Estado por equiparar su contenido con la de valores sociales Niños y niñas podrán seguir estudiando en clases separadas centro privado a establecer su ideario o carácter propio, y no puede ser considerado contrario a la Constitución Sin embargo, en los votos particulares de los cuatro magistrados que votaron en contra (Juan Antonio Xiol ISABEL B. PERMUY Votos particulares Los magistrados que votaron en contra creen que este modelo excluye a los intersexuales