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ABC CORDOBA 09-09-2015 página 54
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ABC CORDOBA 09-09-2015 página 54

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54 SOCIEDAD MIÉRCOLES, 9 DE SEPTIEMBRE DE 2015 abc. es sociedad ABC El Papa ordena que el proceso de nulidad matrimonial sea rápido y gratuito Los tribunales de primera instancia tendrán un plazo máximo de un año para declarar nula una unión Introduce la sentencia única y la intervención directa del obispo en los casos más claros JUAN VICENTE BOO CORRESPONSAL EN EL VATICANO Divorcios y nulidades matrimoniales Sentencias favorables a la nulidad matrimonial Primera instancia Segunda instancia 796 796 739 196 175 2013 131 2014 126.400 2012 Divorcios 120.056 117.935 S in cambiar en absoluto los principios sobre la validez o nulidad de un matrimonio, el Papa Francisco ha cambiado vigorosamente los procesos para verificarla, ordenando que sean gratuitos y rápidos, con participación directa y definitiva del obispo en los casos más claros. Los cambios entran en vigor el próximo 8 de diciembre. La reforma del Título VI del código de Derecho Canónico establece que la primera sentencia sea ya ejecutiva si no hay recurso de ninguna de las partes, eximiendo por tanto del recurso obligatorio a un segundo tribunal, exigido hasta ahora. Los nuevos cánones otorgan responsabilidad directa al obispo diocesano, que será juez único en los casos más claros de constatación de la nulidad de un matrimonio. El Papa, en una misa en el Vaticano 2012 2013 2014 ABC Fuente: Conferencia Episcopal Española y Servicio de Estadística Judicial del CGPJ ¿Cuánto cuesta? 10.000 Solo los honorarios de los abogados pueden oscilar entre los 2.500 y los 10.000 euros. 1.000 Las tasas del Tribunal pueden oscilar entre los 800 y los 1.000 euros. A ello hay que añadir el coste de las pruebas periciales, que suelen oscilar entre los 250 y los 400 euros cada una. Treinta días El plazo para la primera audiencia, que puede ser también la última si las dos partes están de acuerdo, será de treinta días a partir de la presentación de la demanda de nulidad. Si la demanda es presentada por sólo uno de los cónyuges, se entiende que el otro no se opone si ignora las dos convocatorias para presentar su punto de vista. Naturalmente, todo esto se refiere al examen de la validez del vínculo religioso, y no exime de ninguna responsabilidad ni proceso civil que establezcan las leyes de cada país. En el caso de sentencia de nulidad del vínculo religioso se deben recordar las obligaciones morales y también civiles que subsisten en cualquier caso. El Papa solicita a las conferencias episcopales que dejando a salvo la retribución justa y digna de los jueces y funcionarios de los tribuna- les, se asegure la gratuidad del proceso para que la Iglesia, mostrándose a los fieles como madre generosa en una materia tan relacionada con la salvación de las almas manifieste el amor gratuito de Cristo, por el cual todos hemos sido salvados Esto significa que los promotores de una causa podrán hacer aportaciones voluntarias y que la diócesis puede aceptar donativos para el funcionamiento de los tribunales, pero el procedimiento en sí debe ser gratuito. El presidente de la comisión de reforma y decano del Tribunal de la Rota Romana, Pío Vito Pinto, precisó que el deseo del Papa es claro, aunque no lo impone a las conferencias episcopales; lo deja a la sensibilidad pastoral. La adaptación requerirá un tiempo. En la Rota Romana, el 70 o el 80 por ciento de los casos son ya gratuitos Los casos más sencillos y claros los juzgará directamente el obispo o un juez único en el que delegue. Los más complejos serán estudiados por un tribunal de tres jueces de los cuales el presidente debe ser sacerdote, mientras que los otros dos pueden ser laicos. En una línea de colegialidad episcopal, los recursos no pasan automáticamente de la diócesis a Roma, sino a la sede arzobispal metropolitana. A su vez, las sentencias de una sede metropolitana pueden recurrirse ante la diócesis sufragánea presidida por el obispo más antiguo. Actualmente la duración de los procesos es muy distinta según los países, pero suelen durar de dos a cinco años, y algunos hasta diez. Las nuevas normas indican que el proceso de primera instancia debe estar terminado en un año y el de recurso, si lo hay, en seis meses. El documento denominado técnicamente motu proprio es decir, a iniciativa suya del Papa Francisco lleva por título El Señor Jesús, Juez clemente y subraya que la preocupación por la salvación de las almas

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