ABC CORDOBA 01-08-2015 página 30
- EdiciónABC, CORDOBA
- Página30
- Fecha de publicación01/08/2015
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30 CÓRDOBA SÁBADO, 1 DE AGOSTO DE 2015 cordoba. abc. es ABC El enredo entre un banco y la familia de la fallecida en un incendio en diciembre retrasa el cobro de su seguro de vida En busca del alivio para dos huérfanos I. CONTRERAS CÓRDOBA S UCEDIÓ durante la pasada Navidad, concretamente el 26 de diciembre. El fuego calcinó una casa en la calle Úbeda, en la barriada del Sector Sur, a causa de un incendio que segó las vidas de una mujer de 35 años y su hijo de tres. Sus otros dos hijos, un adolescente de 15 y una niña de siete años, lograron salvarse a pesar de las graves quemaduras sufridas. Desde entonces, el chico permanece tutelado por la Junta de Andalucía y la pequeña vive con su padre en casa de sus abuelos. Ninguno de ellos estaba al tanto, pero la realidad es que su madre tenía contratado un seguro de vida del que ahora son herederos, y que puede suponer un bálsamo económico para la difícil situación en la que se han visto sumidos. Una entidad bancaria tiene a resguardo los 90.000 euros con los que está dotada la citada póliza. La fallecida no dejó testamento, pero sí se realizó, después de su trágica muerte, una declaración de herederos que señala a sus vástagos como legítimos propietarios de su patrimonio. Sin embargo, de sus tres hijos, el más pequeño mu- Patrimonio La víctima no dejó testamento, pero una declaración de herederos los nombra beneficiarios rió horas después que su madre a causa de las quemaduras provocadas por el mismo incendio que se la llevó a ella. Este hecho está complicando las relaciones entre el banco y la entonces pareja de la fallecida, padre del niño fallecido y de la pequeña de siete años, que es quien reclamó el cobro del seguro cuando tuvo conocimiento de su existencia. Aunque la declaración de herederos le señala como beneficiario de una tercera parte de estos bienes al ser el único heredero del niño fallecido, la entidad no ve tan clara esta relación y no cesa de solicitarle documentación y trámites que retrasan el pago. El abogado de este hombre ha amenazado a la entidad con interponer una querella por apropiación indebida, ya que considera que la entidad está dando largas a su cliente, y lo más probable es que el asunto acabe en los tribunales de justicia. Puesto que uno de los hijos de la fallecida está en la actualidad bajo tutela de la Junta de Andalucía- -el chico, de 15 años, es fruto de una relación anterior- la parte demandante afirma haber ido de la mano de los Servicios Sociales a cada paso dado para reclamar el dinero pertinente y realizado los trámites de forma conjunta. El abogado de la pareja de la fallecida- -con la que no estaba casado- -alega que este tipo de procedimientos suelen hacerse mucho más rápido y de forma más eficiente, y acusa al banco de estar reteniendo el dinero sin fundamento puesto que afirma que la declaración de herederos establece con claridad quién debe recibir cada par- Estado en el que quedó la casa tras el incendio te. Así, agotados los resortes extrajudiciales, el caso será probablemente llevado a los juzgados, que determinarán qué hacer. En una línea similar se expresaron fuentes de la entidad financiera, que afirmaron a ABC que la complejidad del caso hace conveniente la intervención y el arbitraje de un juez. Asimismo, desde el banco negaron tajante- ARCHIVO La AUGC denuncia el repunte en las multas por velocidad S. L. CÓRDOBA La Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) denunció ayer el afán únicamente recaudatorio de los controles de velocidad, ya que en el primer trimestre de 2015 se duplicaron las denuncias impuestas por este delito, pasando de las 4.600 del mismo tramo de 2014 a las 9.585 del actual ejercicio. De hecho, siempre según la asociación, Córdoba ha sido la segunda provincia con mayor incremento en todo el país, sólo superada por Granada, y muy por encima del aumento medio nacional, de sólo el 10 por ciento La AUGC lamenta que la Dirección General de Tráfico no esté instalando la preceptiva señalización en un elevado número de los controles de velocidad, que deben cumplir la función de reducir la siniestralidad, con dispositivos siempre visibles para los conductores en lugar de buscar la sorpresa del conductor para poder elevar una denuncia. En numerosas ocasiones los radares móviles se ocultan al objeto de que no sean visibles para los conductores, por lo que obviamente la finalidad no parece ser la disuasión sino precisamente la mera denuncia con fines recaudatorios En ello influye, según la AUGC, la necesidad de cumplir los objetivos de denuncias exigidos por el Resumen de Actividades Individuales ya que los resultados estadísticos del mismo afectan directamente a las percepciones retributivas de productividad. A pesar del enorme incremento, se han reducido las denuncias de ese tipo notificadas en el momento de la infracción, pasando de 3.238 notificadas en 2014 a 1.377 en 2015, por lo que en el primer periodo de este año sólo se han notificado in situ el 14 por ciento. mente cualquier intención de entorpecer el pago de la póliza de seguros, y afirmaron que se realizarán los correspondientes trámites jurídicos para solucionar el problema cuanto antes. En juego puede estar la seguridad económica de una familia sumida en una complicada situación financiera, coyuntura que se suma a la de por sí dramática noticia del fallecimiento sobrevenido de un niño pequeño y de su madre, quedando huérfanos dos menores. Fuentes expertas consultadas por ABC explicaron que la declaración de herederos, realizada ante notario a través de la aportación de una serie de documentos como certificados de defunción y nacimiento e incluso testimonios de personas cercanas, sustituye al testamento en el caso de no registrarse éste antes de la defunción. La ley establece un orden por el cual los descendientes del fallecido serían los primeros con derecho a herencia. La particularidad de este caso, en el que uno de los hijos y herederos fallece poco después que su madre, está en que la misma ley afirma que, en ausencia de descendencia, el heredero legítimo del patrimonio del fallecido serán los ascendientes, en este caso el padre biológico del mismo.