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ABC CORDOBA 18-03-2015 página 36
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36 ESPAÑA MIÉRCOLES, 18 DE MARZO DE 2015 abc. es españa ABC El Supremo acusa a la Audiencia Nacional de banalizar la democracia Revoca la absolución por el asedio al Parlamento catalán e impone penas de tres años; la locura totalitaria avisa el TS, empieza con ataques similares MARÍA JESÚS CAÑIZARES BARCELONA Politización extrema En su recurso ante el Tribunal Supremo, la Fiscalía alegó que la sentencia de la Audiencia SÁEZ VALCÁRCEL Nacional adolecía de un politización extrema En concreto, denunciaba que el ponente del fallo, Ramón Sáez Valcarcel, y su compañera, Manuela Fernández Prado, volcaron en la resolución su ideología en lugar de aplicar la ley Se da la circunstancia de que estos dos magistraFDEZ. PRADO dos, miembros de la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, firmaron también en diciembre de 2014 la excarcelación de los etarras Santiago Arrospide Sarasola, Santi Potros y Alberto Plazaola, éste último en paradero desconocido. E l Tribunal Supremo (TS) ha revocado la sentencia de la Audiencia Nacional que absolvió a los autores del asedio al Parlamento catalán que tuvo lugar en 2011, e impone una condena de tres años a ocho personas que participaron en ese ataque. Lo hace en un fallo en el que acusa al tribunal de instancia de banalizar los valores del sistema democrático al situar la libertad de expresión y de reunión por encima del derecho de los representantes del pueblo catalán a ejercer sus funciones legislativas. La historia europea ofrece elocuentes ejemplos en los que la destrucción del régimen democrático y la locura totalitaria se inició con un acto violento contra el órgano legislativo advierte el Supremo. Los hechos ocurrieron los días 14 y 15 de junio cuando varias plataformas antisistema, vinculadas al movimiento 15- M, convocaron una concentración ante la sede de la Cámara autonómica bajo el lema Paremos el Par- lamento, no dejaremos que aprueben recortes Los participantes impidieron que los diputados y miembros del Gobierno catalán accedieran al hemiciclo, en algunos casos recurriendo a la violencia, lo que obligó a los Mossos d Esquadra a custodiar a los cargos públicos y, en el caso de varios miembros del Gobierno catalán, a acceder al recinto donde se encuentra el Parlamento autonómico en helicóptero. Las imágenes dieron la vuelta al mundo. Un total de 20 personas fueron juzgadas por la Audiencia Nacional, que absolvió a 19 de ellas y sólo impuso una condena de cuatro días de localización permanente por falta de daños a uno de los acusados. Se trata del joven que pintó una cruz en la espalda de la diputada socialista Montserrat Tura. La Audiencia advertía del efecto desaliento que podía provocar una condena de los acusados cuya extensión podría conducir a desincentivar el dinamismo de los movimientos sociales de protesta El fallo, que contó con el voto particular del magistrado Fernando Grande- Marlaska contrario a la absolución fue recurrido ante el Supremo por la Fiscalía, el Gobierno catalán y el Parlamento autonómico. El TS anula parcialmente la sentencia de la Audiencia y condena a ocho de los acusados a penas de tres años de cárcel por un delito contra las altas instituciones del Estado, castigado en el artículo 498 del Código Penal. Los condenados son José María Vázquez Moreno, José López Cobos, Ángela Bergillos, Jordi Raymond, Ciro Morales, Olga Álvarez, Rubén Molina y Carlos Munter. Hechos violentos Considera la Sala de lo Penal que los acontecimientos violentos ocurridos el día de autos no pueden ser degradados a un simple problema de convergencia antinómica entre los derechos de expresión y reunión, y el derecho al honor de los representantes de los ciudadanos. Tampoco implicó exclusivamente un menoscabo de la capacidad de los diputados autonómicos para el libre ejercicio de sus funciones representativas El conflicto añade fue más intenso, pues no sólo afectó a los derechos de los que quisieron reunise y expresar libremente su desacuerdo con las políticas aprobadas por el Parlament, frente el derecho de los parlamentarios a ejercer su función pública sin cortapisas; antes al contrario, el libre ejercicio de las funciones legislativas por los legítimos representantes del pueblo catalán era también presupuesto del derecho de todos sus ciudadanos a participar en los asun-

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