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ABC CORDOBA 07-03-2015 página 49
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ABC SÁBADO, 7 DE MARZO DE 2015 abc. es españa ESPAÑA 49 Bronca en el CGPJ por la discriminación de una juez en Murcia da, además, que el primer criterio fijado por las bases de la convocatoria para el nombramiento era el tiempo de servicio activo: la aspirante femenina es una de las más antiguas en la carrera judicial y supera en casi diez años en este aspecto a Riquelme. El segundo criterio era el ejercicio S. E. en civil y penal: ella ha estado 23 años MADRID en la Audiencia Provincial de Murcia, El Consejo General del Poder Judicial con competencias civiles y penales, (CGPJ) ha nombrado presidente del mientras que él solo ha sido juez de Tribunal Superior de Justicia de la Re- instrucción. En este sentido se produgión de Murcia (TSJRM) a un juez que ce otra diferencia clara entre ambos, estaba 1.160 puestos por debajo en el puesto que el tercer criterio era el tiemescalafón respecto a la magistrada Pi- po de ejercicio en órganos colegiados lar Alonso Saura, a quien el órgano de (tribunales formados por más de un gobierno de los jueces discriminó por magistrado que tienen mayor rango ser mujer, según denunció ayer un gru- de responsabilidades) Aquí la expepo de vocales críticos. Así, acusan al riencia de la magistrada es infinitapresidente, Carlos Lesmes, de propi- mente superior a la de él, dice el esciar esta discriminación y de censu- crito. Y no decimos infinitamente rar a los discrepantes con como una licencia expresiesta decisión. va, sino en términos riguroEl magistrado Miguel samente matemáticos Pascual del Riquelme Heañade, antes de concrerrero fue nombrado pretar que la experiencia de sidente del TSJRM el paella es de 23 años y la de sado mes de enero. Los él exactamente cero. Y seis vocales del órgano el resultado de dividir de gobierno de los jueces por cero cualquier númecríticos, liderados por la ro natural, es infinito magistrada del Tribunal Su El magistrado nombrapremo y vocal Clara Martído nunca ha ocupado un Pilar Alonso nez de Careaga, consideran destino en un órgano coleLos críticos han dicha decisión como una giado reitera el escrito crídenunciado que discriminación en razón tico antes de poner en conella está 1.160 de su sexo contra la aspi- puestos por encima traste las 34 resoluciones de rante femenina. Pilar Alonespecial relevancia jurídica en el escalafón y reúne muchos más so está situada en el escalafirmadas por la magistrada méritos que el juez fón de la carrera judicial frente a las cinco dictadas 1.160 puestos por encima del por delitos menores por él. hombre nombrado, por lo En nuestro país solo hay una que los vocales críticos conmujer que presida un Tribusideran que situar a Riquelme al fren- nal Superior de Justicia pero cuando te del TSJRM bordea la arbitrariedad una magistrada con antigüedad y prestigio sobrados para ocupar una de esas Mérito y capacidad presidencias lo solicita, se ve relegada En el escrito contrario al nombramien- por un candidato varón lamenta Cato, Careaga señala que la decisión no reaga. respeta los principios de mérito y caLos vocales críticos han firmado pacidad, incumple los requisitos anun- además un segundo escrito de queja ciados en la convocatoria y constitu- porque no se les notificó a tiempo la ye una desviación de poder Recuer- formalización del nombramiento, circunstancia que ha sido usada luego por la mayoría conservadora en el CGPJ para tratar de impedir que oficializaMás méritos ran su voto particular, con el argumenLa magistrada tiene diez to de que lo habían presentado de maaños más de antigüedad que nera extemporánea. el nuevo presidente del En este sentido, el portavoz de JueTribunal Superior de Murcia ces para la Democracia (JpD) Joaquim Bosch, declaró que el Consejo General de Poder Judicial debería explicar Órganos colegiados el nombramiento. En su opinión, enLa experiencia de la juez tre ambos géneros no hay ninguna en este tipo de órganos es diferencia de capacidad por lo que lo normal es que en los juzgados hude 23 años, y la de él, cero, biera el mismo número de hombres denuncian los críticos que de mujeres El nuevo presidente del TSJ de Murcia está 1.160 puestos por debajo de la magistrada La vicepresidenta Sáenz de Santamaría, ayer en La Moncloa EFE IMPUGNACIÓN Y SUSPENSIÓN El Gobierno frena en seco la ley de acción exterior de Mas ante el TC MARIANO CALLEJA MADRID La ley catalana de Acción Exterior puede tener sus días contados. Se trata de otro instrumento que los independentistas pusieron en marcha para impulsar su proyecto de secesión, y presentar a Cataluña como un actor internacional al margen del Estado español. Pero el Gobierno de la Nación ha parado en seco esa pretensión, y ayer el Consejo de Ministros aprobó la interposición de un recurso de inconstitucional, con el dictamen favorable del Consejo de Estado, contra esa ley. El Ejecutivo ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución para la suspensión de los preceptos impugnados, algo que se hará efectivo en cuanto el Tribunal admita a trámite el recurso, en los próximos días. El desafío independentista de Artur Mas vuelve a chocar así contra el muro del Estado de Derecho, que ya contuvo en su día la Declaración soberanista, la ley de Consultas y la convocatoria del referéndum de independencia del 9- N, que se transformó después en un simulacro de consulta. En el caso del recurso contra la ley autonómica de acción exterior, el Gobierno de Rajoy lo basa en dos artículos de la Constitución. El primero es el 149.1.3, que reserva al Estado la competencia exclusiva en materia de relaciones internacionales, como recordó la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría. En Moncloa sostienen que el TC avala las relaciones de la Generalitat de Cataluña con la Unión Europea y su acción exterior, tal y como recoge el Estatuto de Autonomía, pero siempre que respeten la competencia que la Constitución Española reconoce al Estado La competencia estatal, según explica el Gobierno, incluye la reserva exclusiva de la representación exterior, la celebración de tratados internacionales, la creación de obligaciones internacionales y la responsabilidad patrimonial del Estado, además de la dirección y ejecución de la política exterior, como señala el artículo 97 de la Constitución. El Ejecutivo considera que la ley impugnada parte de la consideración de la Generalitat como actor internacional y regula aspectos como las relaciones con otros Gobiernos o la diplomacia pública de Cataluña, sin respetar la dirección y ejecución de la política exterior que corresponden al Estado. El Gobierno también presentó un recurso contencioso administrativo contra la apertura de delegaciones en Roma y Viena, por no respetar la ley. Defensor del Pueblo Además, el TC ha anulado por unanimidad, a instancias del Defensor del Pueblo, varios artículos que regulan el Síndic de Greuges (defensor del pueblo catalán) especialmente los que le atribuyen competencias de relaciones internacionales y la condición de Autoridad Catalana contra la tortura.

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