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ABC CORDOBA 18-12-2012 página 30
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ABC CORDOBA 18-12-2012 página 30

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30 ANDALUCÍA MARTES, 18 DE DICIEMBRE DE 2012 abc. es andalucia ABC El TSJA anula una ayuda de 600.000 euros de los ERE que el beneficiario ni solicitó El Alto Tribunal deduce testimonio contra Guerrero por darla sin justificación M. BENÍTEZ SEVILLA Nueva sentencia del TSJA declarando la nulidad de una de las ayudas otorgadas por la Junta de Andalucía que están siendo investigadas en el sumario de los ERE fraudulentos en el juzgado de instrucción número seis. Aunque no se trata de la primera de estas (hay otras más declarando la nulidad de otras ayudas similares) lo más llamativo del nuevo fallo es que, en este caso, se hace referencia a una subvención que fue concedida sin que ni siquiera el beneficiario hiciera la solicitud para recibir los 600.000 euros que ahora son declarados nulos. El fallo, dictado ayer mismo por la sección primera de la sala de lo contencioso administrativo del TSJA y al que ha tenido acceso ABC, considera nula la citada ayuda y ve acreditada la inclusión no regular en la póliza del seguro de los trabajadores del citado trabajador que fue precisamente el que recurrió la resolución de la Consejería de Empleo. Así, la sentencia, de diez folios, pone en tela de juicio toda la actuación de la Junta de Andalucía, a la que acusa de otorgar las subvenciones con total ausencia de procedimiento y sin control alguno. Y por ello decide deducir testimonio contra el que fuera director general de Trabajo, Francisco Javier Guerrero, por otorgar en noviembre de 2007 una subvención de 600.000 euros cuando no consta siquiera haberse solicitado la misma disponiendo del dinero público en favor de un tercero sin que conste la existencia de causa para dicho reconocimiento Por ello, el TSJA dice que procede acordar la deducción de testimonio para depurar las responsabilidades penales en que haya podido incurrir Francisco Javier Guerrero que, según dice, actuó con total desprecio al Derecho y a los trámites exigidos legalmente Sin embargo, Francisco Javier Guerrero no es el único contra el que el TSJA acuerda deducir testimonio. De hecho, el Alto Tribunal también ordena hacer lo propio para depurar las responsabilidades penales en que haya podido incurrir el delegado provincial que aprobó el ERE de Mercasevilla (en este caso se trataría de Antonio Rivas) el director general que dio la ayuda consistente en el abono de las primas del seguro colectivo de rentas suscrito por Mercasevilla (Guerrero) y el viceconsejero de Empleo que, por reso- Francisco Javier Guerrero, exdirector de Trabajo, imputado en los ERE lución de 13 de mayo de 2011, autorizó la refinanciación de la póliza a cargo del erario público, pese a la ausencia de resolución de concesión y compromiso de pago Este último puesto estaba ocupado en esas fechas por Justo Mañas. La sentencia, que también explica que la inclusión en la póliza del recurrente no es regular, ya que se incorporó a la empresa en abril de 2007, un mes antes de la autorización del ERE, llama la atención en la participación de la Consejería de Empleo como entidad financiadora o cofinanciadora en los procesos de ajuste laboral de empresas. Y el hecho de que prejubi- JUAN JOSÉ ÚBEDA Rivas y Mañas El exdelegado y el exviceconsejero pueden tener responsabilidades Sin procedimiento El fallo dice que se prescindió del procedimiento legal Sin justificación No existe el más mínimo indicio que lo justifique lase a los trabajadores para minimizar el impacto de las crisis en estas empresas. Pero, sin duda, llamativo también es el hecho de que el TSJA deja muy claro que estas ayudas no cumplen en determinados casos la finalidad para la que se otorgaron e incurren en manifiestas irregularidades No existe el más mínimo indicio documental que la justifique ni solicitud, beneficiario, cantidad, resolución de concesión dice el fallo en relación con la subvención que ahora declara nula. Fallaron los controles Además el TSJA afirma que los controles de legalidad que incumben a la autoridad laboral respecto al ERE fallaron al autorizar la inclusión de trabajadores que no reunían los requisitos para ello. Y que la ayuda sociolaboral para financiar las obligaciones asumidas por la empresa derivadas del ERE, es nula de pleno derecho al prescindirse total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido E insiste en que no existió procedimiento alguno, limitándose el director general de Trabajo a dictar resolución en la que se indica haberse resuelto conceder la subvención. Por todo ello el TSJA declara nula la resolución e impone las costas a la parte demandada, en este caso la Consejería de Empleo, fijadas en 600 euros. La resolución es firme ya que no cabe recurso contra ella. Y la juez Alaya sigue sin volver La juez Alaya sigue sin volver, de momento, a su puesto de trabajo en el juzgado de instrucción número seis. Esta semana finaliza el último parte médico que presentó por lo que, en los próximos días, la instructora del sumario de los ERE fraudulentos deberá presentar otro parte médico o, en su caso, incorporarse al juzgado. Sin embargo, aunque fuentes judiciales aseguraban que la magistrada desea volver cuanto antes, no parece que ese regreso se vaya a producir los próximos días. Sobre todo porque con las vacaciones de Navidad a la vuelta de la esquina es más lógico pensar que la juez aproveche para terminar de reponerse de las cefaleas que la tienen apartada del juzgado desde septiembre y que vuelva en enero. En cualquier caso el sumario sigue bajo secreto y todo indica que no se levantará al menos hasta vísperas de Reyes, cuando expira el nuevo plazo de un mes decretado por el juez sustituto, Ivan Escalera.

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