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ABC CORDOBA 10-08-2012 página 57
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ABC VIERNES, 10 DE AGOSTO DE 2012 abc. es sociedad SOCIEDAD 55 Espaldarazo del Supremo a la asignatura de Religión Revoca dos normas discriminatorias de los gobiernos del País Vasco y Extremadura J. F. A. MADRID País Vasco En el Bachillerato no se incluía en el horario lectivo mínimo y no se ofrecía ninguna alternativa Extremadura Si los padres no solicitaban expresamente la enseñanza de Religión, se entendían que no optaban a ella que cuando los padres de niños de educación infantil no manifestaran expresamente, a comienzos de cada curso, la voluntad de que sus hijos reciban la enseñanza de Religión, se entenderá que no optan a ella. Para la Federación Española de Religiosos de la Enseñanza- Titulares de Centros Católicos (FERE- CECA) esas líneas atentaban al derecho de los centros concertados a establecer su proyecto educativo. FERE- CECA presentó un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, que le dio la razón en 2010, lo mismo que ha hecho ahora el Supremo. Al conocer la sentencia, la Consejería de Educación y Cultura del actual Gobierno extremeño aclaró ayer que en el curso 2012- 2013 ya funcionarán los criterios fijados por la sentencia del Alto Tribunal. La asignatura de Religión ha salido reforzada de dos decisiones del Tribunal Supremo conocidas ayer que afectan al País Vasco y Extremadura. Los jueces entienden que dos normativas de los gobiernos de ambas comunidades eran discriminatorias con la asignatura y con los alumnos que la cursaban, y que esa situación debe cambiar. En el caso vasco, el conflicto partía de un artículo y un anexo recogido en un decreto dictado en 2009 en el que no se contemplaba ofrecer una actividad alternativa a los alumnos que no quisieran dar clase de Religión en los cursos de Bachillerato. A juicio del Supremo, la falta de alternativa provocaría un efecto disuasorio de los alumnos (o sus padres) que potencialmente podrían elegirla al no estar incluida Un día de clase en un colegio religioso en la etapa de Bachillerato dentro del horario lectivo mínimo El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco dio por buena en su momento la decisión política, pero un recurso de las diócesis de San Sebastián, Vitoria y Bilbao y de la asociación Kristau Eskola terminó en la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Supremo. ABC En su opinión, la enseñanza religiosa debería al menos configurarse dentro del currículo como una optativa, en el horario lectivo normal. De lo contrario se vulneraría el acuerdo con la Santa Sede. El Supremo avala esta tesis. En cuanto a Extremadura, el Supremo revoca una orden de 2008 de la consejería de Educación en la que se decía

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