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ABC CORDOBA 01-06-2012 página 42
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42 ESPAÑA VIERNES, 1 DE JUNIO DE 2012 abc. es españa ABC La Justicia ampara lo español BCuatro nuevas sentencias del Tribunal Superior catalán protegen a otras tantas familias que exigían el derecho de sus hijos a recibir la enseñanza en castellano en la educación pública DEPORTE EDUCACIÓN BEl Tribunal Constitucional impide que las selecciones deportivas catalanas puedan participar en aquellas competiciones oficiales en las que España disponga de Federación ADMINISTRACIÓN LOCAL Jugadores de la selección catalana de fútbol EFE Clase en un aula en Barcelona VICENS GIMENEZ Sede del Consistorio barcelonés AFP Aval a la selección Cuatro alumnos propia solo donde no ganan la batalla del compita la nacional castellano en clase N. C. MADRID J. GUIL BARCELONA El catalán no será preferente en los ayuntamientos J. G. BARCELONA El Tribunal Constitucional ha avalado la ley de apoyo a las selecciones catalanas, cuyo artículo 2 fue recurrido en 1999 por el Gobierno que entonces presidía José María Aznar. La sentencia, de la que ha sido ponente Javier Delgado, condiciona la participación de las selecciones deportivas catalanas en competiciones de ámbito supraautonómico a que no se produzca la confluencia de sus intereses con los del deporte federado español en su conjunto El mismo argumento que utilizó el TC en abril cuando declaró el encaje en la Carta Magna de las selecciones vascas. El precepto recurrido por el Gobierno establece que las federaciones deportivas catalanas de cada modalidad deportiva son las representantes del respectivo deporte federado catalán en los ámbitos supraautonómicos El TC avala la constitucionalidad de la redacción dada al artículo siempre que se trate de deportes en los que no existen federaciones españolas y que, en ningún caso, se impidan o perturben las competencias del Estado de coordinación y representación internacional del deporte español El Abogado del Estado entendió que la ley catalana- -aprobada por el Parlamento autonómico en 1999 con la oposición del PP- -invadía las competencias estatales en materia de relaciones internacionales; y que la compeLa sentencia tencia exclusiva autonómiEl TC rechaza ca en materia de deporte el recurso no legitima el ejercicio de presentado en competencias autonómi 1999 por Aznar cas a nivel internacional El goteo de sentencias que instan a garantizar el derecho a que el castellano pueda ser lengua vehicular en la enseñanza no cesa. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha reconocido el derecho de cuatro familias a que sus hijos sean escolarizados con el castellano como lengua vehicular en la enseñanza. En cuatro idénticas sentencias, la sección quinta de la sala de lo contencioso del TSJC ha estimado parcialmente los recursos presentados por estas familias. Son tres auxiliadas por Convivencia Cívica de Cataluña (CCC) y la del abogado del Estado Severo Bueno. El TSJC considera que, en tanto que oficiales, el castellano y el catalán deben ser lenguas vehiculares en el sistema educativo de Cataluña, por lo que la administración tiene que adoptar las medidas necesarias para garantizarlo, y basa su decisión en las recientes sentencias dictadas por el Tribunal Supremo (TS) sobre la materia. Con todo, el tribunal señala que dichas sentencias sólo atañen a los demandantes y no pueden hacerse extensibles a otros alumnos. La Generalitat anunció ayer que las recurrirá. La misma sección del TSJC fue la que el pasado año dictó un auto en el que daba un ultimátum de dos meses a la Generalitat para implantar el castellano como lengua vehicular que luego suspendió. Esa decisión fue corregida por el pleno de la sala contenciosa del TSJC, que avaló la inmersión pero reconociendo el derecho de los alumnos, cuyas familias lo solicitaran, a recibir atención individualizada en castellano. Dicho auto ha sido recurrido ate el Tribunal Supremo por Convivencia Cívica Catalana. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha anulado que el catalán sea lengua de uso preferente en el Ayuntamiento de Barcelona tras estimar parcialmente el recurso interpuesto por el grupo municipal del PP. El fallo declara así la nulidad total o parcial de hasta siete de los preceptos del Reglamento de Uso de la Lengua Catalana del Consistorio que regula las comunicaciones de la institución preferentemente en catalán. La sentencia de la sala contenciosa administrativa del TSJC llega después de que el Tribunal Supremo (TS) desestimara el recurso del Ayuntamiento que se presentó contra la decisión del TJSC de suspender cautelarmente los artículos de este reglamento. En la sentencia se deja sin efecto, entre otros, y cuatro artículos- -5.2, 5.3, 6 y 7- -relativos a las comunicaciones dirigidas a los ciudadanos, destacando que el derecho de preferencia lingüística lo ejercen los ciudadanos y la administración debe adaptarse a esta elección. Así, exige a la administración que conteste a las peticiones del ciudadano en la lengua que éste use y señala que nada impide ofrecer los impresos y documentaciones en castellano y catalán, y rechaza que se exija al ciudadano pedir de forma expresa y formal el cambio de lengua. El Ayuntamiento anunció que estudia recurrir la La reacción El Consistorio sentencia- -ante el TS- -aunque aseguró que no dice que el modifica nada y que seguifallo no rán utilizando el catalán modifica nada como lengua vehicular.

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