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ABC CORDOBA 28-05-2012 página 3
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ABC LUNES, 28 DE MAYO DE 2012 abc. es opinion LA TERCERA 3 F U N DA D O E N 1 9 0 3 P O R D O N T O R C UAT O L U C A D E T E N A EL NOTARIADO: UNA FUNCIÓN DE FUTURO POR MANUEL LÓPEZ PARDIÑAS El Notariado está dispuesto a asumir nuevos retos de servicio a la sociedad. Nuestros jueces y tribunales (excelentes donde los haya) soportan, quizá por la confianza que despiertan, una carga de trabajo a todas luces excesiva. El nivel de litigiosidad de nuestro país es desmedido y no puede solventarse simplemente con mayores medios técnicos y humanos sufragados por los presupuestos públicos, o lo que es lo mismo: por todos, en lugar de como ahora sucede, solo por quienes utilizan el servicio notarial. Y tampoco es suficientemente conocida la tarea de asesoramiento, de consejo, del notario. Es un servidor público, pero es también un jurista cualificado, que debe explicar al ciudadano el significado, el alcance de lo que ha hecho. La prisa suele ser mala consejera, y lo es, desde luego, en una notaría, donde el cliente puede esperar y debe exigir atención, tratamiento personalizado. Sabiendo que, precisamente porque paga, puede elegir al notario de su preferencia. Y con la seguridad de que, como funcionario público, el notario no es de parte, es independiente, y está sujeto a la Ley, que controla y aplica. Por eso, obligado como está a prestar su función, puede y debe negarse a ella cuando lo que se pretende no se ajusta a la legalidad. Por eso la función notarial ofrece más que lo que cuesta, créame el lector. El notario nos garantiza que nuestra casa es nuestra y que nadie nos va a privar de ella (no simplemente, como en otros sistemas, aunque también, que si nos quedamos sin ella se nos va a indemnizar) El notario garantiza que nadie que no seamos nosotros mismos puede vender o hipotecar esa misma casa. Creo que esos dos ejemplos explican, muy llanamente, para qué sirve, aunque, desde luego, sirve para muchas otras cosas. Así, la notaría se ha convertido también en un lugar de prestación de servicios, en una ventanilla única, donde, por ejemplo, cualquier español puede constituir una sociedad en un día: el notario se encargará de pedir la denominación social, de asesorarle en cómo organizar la sociedad y de configurar los pactos de la misma; tramitará el NIF y el pago de impuestos en Hacienda, y lo presentará en el registro. El pasado año más de cincuenta mil sociedades se constituyeron por procedimiento telemático en España, sin tráfago de papel. Un número importante, bien que muy inferior al anterior a la crisis que nos afecta. El notario es una ayuda al emprendedor, a quien quiera crear una sociedad para poner en marcha una empresa. Y puede que esto sorprenda. Pero es que no es un funcionario al modo de Larra (no creo, a fuer de verdad, que quede ya ninguno en España) de vuelva Vd. mañana o le falta una póliza Antes al contrario. En los últimos años, el Notariado ha hecho un esfuerzo titánico por aceptar el reto de las tecnologías de la información. El Notariado tiene una de las mayores redes informáticas de este país, que conecta en tiempo real las cerca de tres mil notarías, desde las grandes ciudades hasta los pueblos pequeños, garantizando la misma calidad y nivel de servicio, no solo en el factor humano, sino también en el técnico. H OY, 28 de mayo, se cumplen 150 años de la regia sanción de la Ley Orgánica del Notariado, que la Gaceta de Madrid publicaría al día siguiente. Los notarios españoles entraban entonces en la modernidad. Se ponía fin a una etapa en la que el Notariado, institución antigua donde las haya, había pervivido con formas y organización propias del antiguo régimen. El notario pasaba a ser un funcionario de exclusiva designación del Rey (el título de notario se expide en su nombre) y a la vez que funcionario público, necesariamente un jurista, seleccionado por el procedimiento riguroso de oposición. Transcurrido el tiempo, mucho, el modelo se ha mostrado acertado. Pocas instituciones han sabido adaptarse como el Notariado a los tiempos y a los cambios de todo tipo, sin perder su esencia inicial. Y sin embargo, pese a tan larga convivencia con la sociedad, aún hoy muchos de sus rasgos permanecen desconocidos, velados. Posiblemente para muchos resultará novedoso leer que el notario es funcionario, en el sentido más estricto. De hecho, accede a su cargo mediante oposición (tiene fama de dura) va destinado allá donde le indican; se halla sujeto a un riguroso régimen disciplinario; solo tiene aquellas funciones que la Ley le encomienda, y actúa aplicándola, controlando la legalidad; la prestación del servicio es obligatoria para él (un notario no puede cerrar Es cierto que no cobra de los Presupuestos Generales del Estado, no tiene un sueldo, y eso le diferencia de la gran mayoría de los funcionarios; pero no cobra lo que quiere, sino lo que el propio Estado determina y controla. Y es conveniente aclarar que lo que cobra no es para el notario Esos honorarios, el arancel, sufragan el servicio notarial; es decir, todos los medios humanos y técnicos que se ponen al servicio del ciudadano: empleados cualificados, locales y tecnología; personal y medios que en otro caso tendrían que ser I gualmente, no siempre es conocido que ha pasado a desempeñar un papel de primer orden en el control y la prevención del fraude fiscal y el blanqueo de capitales, de forma que la exigencia de la intervención notarial comporta un beneficio social inmediato, contribuyendo a evitar que la ingeniería legal pueda ser una palanca, un medio, de eludir la Ley, cuya aplicación controla y guarda. Y el Notariado está dispuesto a asumir nuevos retos de servicio a la sociedad. Nuestros jueces y tribunales (excelentes donde los haya) soportan, quizá por la confianza que despiertan, una carga de trabajo a todas luces excesiva. El nivel de litigiosidad de nuestro país es desmedido y no puede solventarse simplemente con mayores medios técnicos y humanos. Se hace preciso, por una parte, establecer vías que permitan prevenir el litigio, o, cuando surja, que permitan su resolución por cauce alternativo al judicial; fórmulas como un acto de conciliación previo ante notario, como la Mediación, que trata de solventar el conflicto poniendo de acuerdo a las partes; o como el Arbitraje, que lo resuelve de forma alternativa, son campos donde el Notariado, junto con otros profesionales y funcionarios, según los casos, puede prestar un servicio. Y finalmente, hay materias- -como la denominada jurisdicción voluntaria- -hoy sujetas al conocimiento de los tribunales que pueden solventarse al margen de ellos, permitiendo que aquellos puedan concentrarse en lo que les es esencial: juzgar y hacer ejecutar lo juzgado, y permitiendo aliviar a las arcas públicas de partidas presupuestarias hoy a su cargo. Se cumplen hoy 150 años de nuestra Ley Orgánica. Un largo recorrido para una función con mucho futuro. MANUEL LÓPEZ PARDIÑAS PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL DEL NOTARIADO

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